Relatoria de derecho

Páginas: 5 (1031 palabras) Publicado: 10 de noviembre de 2010
(Nota Relatoría 35.7) Doctrina – Las distintas formas de culpabilidad y el derecho de petición. Variación de la imputación. [...] frente a los distintos componentes que integran el núcleo esencial del derecho de petición, expuestos por la reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional, valdría la pena analizar dichas características frente a los distintos criterios para determinar lagravedad o levedad de la falta contemplados por el artículo 43 del CDU, siempre teniendo presente que las circunstancias de orden fáctico en las que se hayan producido los hechos materia de investigación y que aparezcan de- mostradas dentro del respectivo proceso disciplinario son diferentes en cada caso, por lo que será el funcionario investigador quien haga la correspondiente valoración.
Dicho loanterior, en primer lugar tendríamos que analizar el incumplimiento del deber de aquel servidor público que siendo competente no resuelve en forma pronta, oportuna y de fondo, lo planteado por el peticionario, en este caso, por mandato del numeral 49 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002, estaríamos en presencia de la comisión de una falta gravísima, cuando se logre comprobar el dolo o la culpagravísima en su actuación; ejemplo de ello sería cuando el servidor público por motivos abyectos o fútiles o por ignorancia supina, desatención elemental o violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento se niega a dar respuesta al derecho fundamental de petición.
Ahora bien, estaremos en presencia de una falta grave o leve, en este mismo supuesto, de conformidad con lo normado por elartículo 50 del CDU, cuando según sea el caso, se incumpla con la obligación de responderlo dentro del término de ley, siempre que la imputación subjetiva sea diferente al dolo o la culpa gravísima.
Vale la pena hacer mención especial, en este mismo supuesto, cuando estamos frente a una petición no respetuosa la cual puede ser objeto de rechazo o de falta de contestación por parte de la autoridadcorrespondiente. En este sentido no podrá atribuirse responsabilidad alguna al servidor público a quien competía la contestación. Al respecto, la Corte Constitucional se ha pronunciado en este sentido, entendiendo lo irrespetuoso de cualquier petición como eximente de obligación de respuesta para las autoridades, en la medida en que se incumplen los presupuestos del artículo 23 constitucional. …
[…]En el evento en que el servidor incumple su obligación de responder la solicitud planteada en forma seria, clara y precisa, de tal forma que no se dé una adecuada solución al caso, es decir cuando no resuelve el fondo del asunto, planteado, evade la determinación adoptada o resuelve temas diferentes a los planteados, la falta podría calificarse como gravísima si, al igual que el punto primero,se comprueba que su actuar fue con dolo o culpa gravísima. La falta se calificará de grave o leve, en esta hipótesis, si el servidor por negligencia o descuido omite un pronunciamiento material, debiéndose valorar las circunstancias objetivas que tuvo este para contestar de dicha manera, como por ejemplo falta de documentación necesaria para soportar la respuesta, incompetencia del funcionariopara resolver el fondo del asunto o la orden expresa del superior de responder en tal sentido. Situación que en algunos eventos podría hasta configurar unas causales de ausencia de responsabilidad disciplinaria.
[…] no hay vulneración del derecho de petición y por ende ausencia de responsabilidad disciplinaria cuando el sentido de la petición, a pesar de resolver el fondo del asunto, no colma lasexpectativas o satisface los intereses del peticionario, pues el funcionario, en este caso, cumplió con resolver el derecho de petición. El reproche disciplinario tiene lugar cuando dicha respuesta es incompleta, superficial o confusa, dejando de esa forma al peticionario en un estado de incertidumbre o duda.
Otra temática compleja que merece ser comentada es la relativa a la no contestación...
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