Renta Personas Naturales
1. Cómo se prueban los costos, deducciones, exenciones, pasivos, etc., cuando ocurre la pérdida, extravío, hurto o robo de los libros de contabilidad, facturas,comprobantes internos o externos?
RESPUESTA
Con relación a la pérdida de los libros de contabilidad el Consejo Técnico de Contaduría Pública se pronunció con la Orientación Profesional No. 5 de 2003 yteniendo como base el Decreto 2649 de 1993 Artículo 135, estableciendo:
“Pérdida y reconstrucción de libros: El Decreto 2649 de 1993, reglamenta y fija los procedimientos en el evento de pérdida,extravío, destrucción y reconstrucción de libro, documentos y papeles de contabilidad para lo cual será necesario proceder de la siguiente manera:
Denunciar ante las autoridades competentes lapérdida, extravío, destrucción. Debe acreditarla en caso de exhibición de los libros, junto con la constancia de que los mismos se hallaban registrados, según el caso.
Forma de reconstruir los libros: Loslibros de contabilidad y registros se reconstruirán dentro de los seis (6) meses siguientes a la ocurrencia del hecho, tomando como base los comprobantes de contabilidad, las declaraciones tributarias,los estados financieros certificados, informes de terceros, soportes de origen interno y externo, que estén debidamente fechados y autorizados por quienes intervinieron en ellos o los elaboraron, losmedios electromagnéticos, comercio electrónico y las firmas digitales definidos en la ley 527 de 1999 y que cumplan los requisitos y condiciones del artículo 12 de la misma, copias grabadas,microfichas y demás instrumentos que se considere pertinente.
Esta regla es aplicable para todos los entes económicos trátese de entidades comerciales o de otra naturaleza
Reconstrucción cuando no haydocumentos: Cuando no se obtengan los documentos necesarios e indispensables para reconstruir la contabilidad, el ente económico, el comerciante o el afectado, debe hacer un inventario general a la...
Regístrate para leer el documento completo.