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En realidad, la posesión exclusiva y la coposesión corresponden al derecho solitario y a la comunidad, respectivamente. Así, la teoría de la coposesión se basa en la teoría de la comunidad, que hemos deestudiar más adelante; pero si bien es posible decir —aunque sea discutible— que en la comunidad el derecho de cada comunero recae sobre su cuota, es imposible considerar que lo que posee el coposeedor es una cuota de la cosa o derecho ya que dado el carácter ideal de la cuota, ésta no es susceptible de ser objeto del señorío de hecho posesorio. Por lo tanto, en la coposesión, la posesión de cadacoposeedor recae sobre la cosa o derecho entero, aunque su actuación sobre esa cosa o derecho se halle limitada por la coexistencia de los demás coposeedores.
El coposeedor es pues poseedor de toda la cosa o derecho, aunque no un poseedor exclusivo. De lo expuesto no debe deducirse que no existan cuotas de posesión. En realidad, cada poseedor tiene una cuota de participación en la coposesión. Loque ocurre es que esa cuota no es el objeto de su posesión sino una limitación cuantitativa de los efectos que para él produce su posesión, o sea, que constituye la medida en que la posesión produce efectos para él.
La determinación de la cuota de cada poseedor no es una cuestión de derecho sino de hecho ya que depende de cómo posea a la par que sus demás coposesores. Sin embargo, el título puedeayudar a determinar la cuantía de la cuota cuando los hechos posesorios demuestren que los coposesores entienden poseer conforme al título.
En principio la protección posesoria se brinda a los coposeedores como a otro poseedor cualquiera.
Objeto de la posesión
I. Si se atiende sólo a la definición legal de posesión parecería que el objeto de la misma son las cosas (rectius, la propiedad de lascosas) y los derechos sin otra limitación que las cosas o derechos que por alguna circunstancia no puedan ser objeto de una actuación posesoria. Se consagraría así una situación completamente opuesta al Derecho Romano clásico que en sentido estricto sólo admitía la posesión que recaía sobre las cosas y las abarcaba plenamente de tal modo que la posesión correspondiera en el plano de los hechos alo que supone la propiedad en la esfera de los derechos. Al parecer pues, nuestro Derecho habría concebido la posesión como el ejercicio de un derecho aun cuando no implicara el señorío pleno sobre la cosa y en tal virtud todos los derechos serían en principio susceptibles de posesión.
Pero en el deseo de que la noción de posesión sea el supuesto común de efectos homogéneos, se reduce el objeto dela misma de manera que no puede hablarse de posesión (en el sentido de que venimos tratando) cuando no se puedan producir los efectos típicos de la usucapión y sobre todo de la protección interdictal. Por ello se dice que entre los derechos sólo son susceptibles de posesión, los derechos reales y se excluyen del campo de la posesión propiamente dicha tanto la posesión de estado como la posesiónde créditos (aun cuando una y otra se asemejen a la posesión propiamente dicha en cuanto constituyen situaciones de hecho que son imagen de una situación de derecho y en que gozan de la protección jurídica).
II. Pero lo expuesto, tampoco significa que todas las cosas y derechos reales sean susceptibles de posesión.
1° Por lo pronto, no son susceptibles de posesión, o si se quiere sólo son...
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