Seguridad
* Los vigilantes de seguridad sólo podrán desempeñar las siguientes funciones:
o Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, asícomo la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.
o Efectuar controles de identidad en el acceso o en el interior de inmuebles determinados,sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.
o Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.o Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad a los delincuentes en relación con el objeto de su protección, así comolos instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquéllos.
o Efectuar la protección del almacenamiento, recuento,clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos.
o Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales de alarma, la prestación de servicios derespuesta de las alarmas que se produzcan, cuya realización no corresponda a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
* Deberán seguir las instrucciones que, en elejercicio de sus competencias, impartan los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, siempre que se refieran a las personas y bienes de cuya protección y vigilanciaestuviesen encargados los vigilantes, colaborando con aquéllos en casos de suspensión de espectáculos, desalojo o cierre provisional de locales y, en general, dentro delos locales o establecimientos en que presten su servicio, en cualquier situación en que sea preciso para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana
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