sentancia

Páginas: 35 (8640 palabras) Publicado: 25 de septiembre de 2013
Sentencia T-917/11
 
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES POR DEFECTO FACTICO-Reiteración de jurisprudencia
 DEFECTO FACTICO EN LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL-Reiteración de jurisprudencia
 DEFECTO FACTICO-Dimensión positiva y dimensión negativa
 
En cuanto a las dimensiones que puede revestir el defecto fáctico, esta Corporación ha precisado que se pueden identificar dos: Laprimera corresponde a una dimensión negativa que se presenta cuando el juez niega el decreto o la práctica de una prueba o la valora de una manera arbitraria, irracional y caprichosa u omite su valoración y sin una razón valedera considera que no se encuentra probado el hecho o la circunstancia que de la misma deriva clara y objetivamente. En esta dimensión se incluyen las omisiones en lavaloración de las pruebas determinantes para identificar la veracidad de los hechos analizados por el juez. La segunda corresponde a una dimensión positiva que se presenta cuando el juez aprecia pruebas esenciales y determinantes de lo resuelto en la providencia cuestionada que no ha debido admitir ni valorar porque, por ejemplo, fueron indebidamente recaudadas y al hacerlo se desconoce la Constitución.
 DEFECTO FACTICO POR OMISION Y POR ACCION
 
VOCACION SUCESORAL Y PRUEBA DE LA CALIDAD DE HEREDERO DENTRO DEL PROCESO DE SUCESION
 
A efectos de intervenir en el proceso sucesorio, se hace indispensable precisar la calidad de heredero, que es aquel status que deriva frente a la herencia y que le otorga legitimación para actuar dentro del respectivo proceso. Al respecto, es necesario reiterarque si bien, el estado civil y la calidad de heredero son dos cuestiones diferentes, en el ordenamiento sucesoral, la vocación legal hereditaria se fundamenta en el estado civil, es decir, los nexos de parentesco son los que ligan a los herederos con el causante.
 
ORDEN SUCESORAL O HEREDITARIO-Características
 (i) Son grupos de personas naturales a quienes se les ha dado la vocaciónhereditaria, con excepción del sexto orden que corresponde al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; (ii) se encuentran organizados autónomamente, es decir, son independientes entre sí y están organizados de tal manera que no puede pasarse al orden siguiente mientras no hayan quedado vacantes los precedentes y; (iii) conlleva una distribución equivalente a la importancia del estado civil.
 CALIDAD DEHEREDERO-Se demuestra con la prueba del respectivo estado civil
ACCION DE TUTELA CONTRA PROVIDENCIAS JUDICIALES POR DEFECTO FACTICO-Caso en que decisiones de Tribunal y Juzgado no reconocieron al accionante como heredero de mejor derecho frente al ICBF dentro del proceso de sucesión de su hijo
 
Las decisiones proferidas por el Juzgado y por la Sala de Familia del Tribunal, incurrieron en unacausal de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales por defecto fáctico, pues es evidente que no tuvieron en cuenta la prueba de la calidad de heredero, dada por la sentencia de filiación, en la cual se reconoce como padre biológico del causante. Siendo éste, sin lugar a dudas, heredero de mejor derecho frente al Instituto Colombiano de Bienestar familiar, quien se encuentradentro del quinto orden sucesoral y que obtiene vocación sucesoral tan sólo cuando los órdenes precedentes se encuentren vacantes, condición que no se cumple en el presente caso, pues en el segundo orden, conformado por los ascendientes del causante, se encuentra el accionante.     
 
Referencia: expediente T- 3.146.065
 
Acción de Tutela instaurada por Jorge Enrique Contreras Pinzón en contrade la Sala de Familia del Tribunal Superior de Bogotá y el Juzgado Trece de Familia de Bogotá.
Magistrado Ponente:
JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
 
 Bogotá D.C. siete (7) de diciembre de dos mil once (2011)
 
La Sala Séptima de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional, conformada por los Magistrados Jorge Ignacio Pretelt Chaljub -quien la preside, Humberto Antonio Sierra Porto y...
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