Sentencia

Páginas: 41 (10098 palabras) Publicado: 9 de julio de 2010
Sentencia T-129/10

Referencia: expediente T-2319187

Acción de tutela instaurada por EDDY DEL CARMEN GÓMEZ TABARES en contra del BANCO DE BOGOTÁ.

Magistrado Ponente:

Dr. JUAN CARLOS HENAO PÉREZ

Bogotá, DC., veintitrés (23) de febrero de dos mil diez (2010).La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Jorge Iván Palacio Palacio y Juan Carlos Henao Pérez -quien la preside-, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente

SENTENCIA

Dentro del trámite de revisión de los fallos dictados por el Juzgado 12 Civil Municipal de Bogotá el 28de abril 2009, el cual fue confirmado mediante sentencia de 8 de junio de 2009, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Bogotá.

I. ANTECEDENTES.

1. Hechos.

La ciudadana EDDY DEL CARMEN GÓMEZ TABARES, presentó acción de tutela en contra del BANCO DE BOGOTÁ por considerar que dicha entidad vulneró sus derechos fundamentales al buen nombre, a la buena imagen comercial y alderecho de petición, con base en los siguientes hechos:

1. El 14 de Octubre de 2008, la accionante tuvo noticia de que se encontraba reportada en las centrales de riesgo Datacredito y Cifin por el Banco de Bogotá, a pesar de no tener vínculo alguno con dicha entidad –según lo refiere- y de que la obligación que se le imputaba no reunía los requisitos del artículo 488 del C. de P.C..

2. Alaveriguar la accionante por el origen de la obligación que aparecía a favor del Banco de Bogotá, se le informó que ésta correspondía a una deuda contraída en el año 1990, por valor de $542.000 con el Banco Popular, la cual fue cedida por dicha entidad al Banco de Bogotá. No obstante, dicha cesión no fue notificada a la actora, quien indica que existió un acuerdo de pago con el Banco Popular delcual no contaba con los soportes correspondientes.

3. Sin embargo, ante la premura porque le fuese aprobado un crédito con el Fondo Nacional del Ahorro, decidió llegar a un acuerdo de pago con la Oficina de Cobranzas del Banco de Bogotá, siempre que fuese retirada de manera inmediata de las centrales de riesgo.

4. Así, el día 14 de octubre de 2008 suscribió con el Banco de Bogotá unAcuerdo de Pago por la suma de $502.000, la cual fue cancelada el 17 de octubre de 2008, según comprobante número 8233909-5 del Banco de Bogotá. El 10 de Noviembre del mismo año, el Banco de Bogotá expidió el respectivo Paz y Salvo firmado por la Gerente.

5. El 15 de Diciembre de 2008, verificó que a pesar del acuerdo efectuado con el Banco de Bogotá, no había sido retirada de la CIFIN enla cual aparecía reportada a causa de una obligación con el Banco Popular: por tal razón y ante la certeza de haber cancelado un crédito cedido por el Banco Popular al Banco de Bogotá, interpuso un derecho de petición frente a este último en el cual solicitó claridad acerca del origen de la obligación distinguida con el número 720131548 –ya cancelada-.

6. En la misma fecha interpuso otroderecho de petición dirigido al Banco Popular, con el fin de aclarar el origen de los reportes efectuados a la central de riesgo CIFIN, con su número de cédula por las obligaciones 583214494 y 370250000375.

7. El 26 de Febrero de 2009 reiteró al Banco de Bogotá su petición de 15 de diciembre de 2008, en el sentido de establecer el origen de la obligación cancelada con el número 720131548.Nuevamente elevó petición al Banco de Bogotá el día 20 de Marzo de 2009, en la que además, solicitó determinar con los soportes probatorios correspondientes, si la obligación reportada correspondía a su nombre y a su número de cédula ó de lo contrario le fuese devuelto el dinero cancelado.

8. El día 21 de Marzo de 2009, recibió respuesta del Banco de Bogotá a su derecho de petición de fecha...
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