Sentencias

Páginas: 23 (5619 palabras) Publicado: 9 de abril de 2012
EXPEDIENTE Nº 02-422, SENTENCIA: RC-01291, FECHA: 29/10/2004
PONENCIA: DR. TULIO ALVAREZ LEDO
www.tsj.gov.ve

SALA DE CASACIÓN CIVIL
Ponencia del Magistrado TULIO ÁLVAREZ LEDO.

En la juicio de tercería de dominio propuesta por la ciudadana ZULAY ESTRADA TOBIA, representada judicialmente por los abogados Rodolfo Estrada Tobía, Alan Jesús Álvarez, José IgnacioRendón, Rafael Pineda, Tyhani Cásares, Blanca Villamizar y Ladimiro Núñez, en el curso del juicio por cobro de bolívares (vía intimatoria), seguido por el abogado JESÚS ALBERTO RINCÓN PIRELA, en nombre propio y en defensa de sus derechos e intereses, contra el ciudadano ELVIS ENRIQUE NÚÑEZ ORTIGOZA, asistido judicialmente por la abogada Amanda Bracho; el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y delTránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, conociendo en apelación, dictó sentencia en fecha 22 de marzo de 2002, mediante la cual declaró la perención breve de la instancia en el juicio de tercería; y en consecuencia, confirmó la decisión dictada en fecha 30 de julio de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la mismaCircunscripción Judicial.

La representación judicial de la demandante en tercería anunció recurso de casación, el cual fue admitido y oportunamente formalizado. No fue presentado escrito de impugnación.

Concluida la sustanciación del recurso de casación, la Sala pasa a dictar sentencia bajo la ponencia del Magistrado que con tal caráctersuscribe, en los siguientes términos:

PUNTO PREVIO

El escrito de formalización contiene dos denuncias: una de fondo y otra de forma, que fueron alegadas en ese mismo orden. En fundamento de ello, el recurrente expresa que de conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, la Sala debe decidir en primer lugar las denuncias por quebrantamiento de actividad,y de no prosperar éstas, las de quebrantamiento de ley, norma esta que considera contraria a los artículos 26, 257, 334 y 335 de la Constitución, los cuales “...ordenan no sacrificar la justicia idónea, expedita, sin dilaciones y sin formalismos o reposiciones inútiles...”.

Por esa razón, solicita la desaplicación por inconstitucional del referido artículo 320, y la aplicación preferente delos artículos previstos en la Constitución, con objeto de que las denuncias sean examinadas por la Sala en el orden expuesto en la formalización.

Al respecto, la Sala establece que las formas procesales no son establecidas de forma caprichosa, ni persiguen entorpecer el procedimiento en detrimento de las partes, sino que están previstas para satisfacer el interésgeneral y social de que exista un debido proceso, en el que reine la seguridad jurídica y se garantice el equilibrio de las partes y el derecho de defensa, que está indisolublemente ligado a las condiciones de modo, tiempo y espacio fijados por la ley para su ejercicio.

El control de la Sala sobre la actividad del juez no se limita a la legalidad de los razonamientos expresadosen la sentencia, sino que es más amplia y abarca el examen sobre la regularidad del proceso cumplido. Esta labor es tan importante como la primera.

En efecto, la disminución arbitraria del juez de los plazos para practicar actividades procesales, no es una sutileza formal que deba considerarse como un sacrificio de la justicia; por el contrario, constituye el quebrantamiento deuna forma procesal con grave menoscabo del derecho de defensa. Un ejemplo de ello resulta ilustrado en la hipótesis de que el juez impida a las partes aportar pruebas fundamentales, porque redujo arbitrariamente los lapsos de promoción o de evacuación, con lo cual causa una indefensión y genera una situación procesal de mayor importancia que cualquier error en la interpretación o aplicación de...
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