solucion
La delegación es una técnica de manejo administrativo de las competencias que autoriza la Constitución en diferentes normas (art. 209, 211, 196 inciso 4 y 305), algunasveces de modo general, otras de manera específica, en virtud de la cual, se produce el traslado de competencias de un órgano que es titular de las respectivas funciones a otro, para que sean ejercidaspor éste, bajo su responsabilidad, dentro de los términos y condiciones que fije la ley.
DELEGACION-Genera vínculo entre delegante y delegatario
Al delegar se establece un vínculofuncional especial y permanente entre delegante y delegatario para el ejercicio de las atribuciones delegadas. Es especial en cuanto surge a partir del acto de delegación, de forma adicional a la relaciónjerárquica o funcional que exista entre ellos y es permanente en cuanto permanece activo mientras rija el acto de delegación. En virtud de tal vinculación, el delegante conserva y ejerce la facultadpara reformar o revocar los actos o resoluciones del delegatario y para revocar el acto de delegación.
DELEGACION-Implica permanencia de vínculo entre delegante ydelegatario/DELEGACION-Manifestaciones del vínculo entre delegante y delegatario
La delegación implica la permanencia de un vínculo entre el delegante y el delegatario, que se manifiesta en las atribuciones de orientaciónvigilancia y control que el primero mantiene sobre el segundo. El delegante siempre responde por el dolo o culpa grave en el ejercicio de este tipo de atribuciones.
PRINCIPIO DE COORDINACIONADMINISTRATIVA-Implicaciones/PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD SUBJETIVA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS
DELEGACION EN MATERIA CONTRACTUAL-Responsabilidad del delegante en la actividad precontractual ycontractual/DELEGACION EN MATERIA CONTRACTUAL-Responsabilidad del delegante por dolo o culpa grave
El principio de coordinación administrativa implica que, dada la existencia de una función...
Regístrate para leer el documento completo.