SOSTENIBILIDAD SISTEMAS DE GESTION
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado ponente:
FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO
Aprobado Acta N°281
Bogotá, D. C., nueve (9) de agosto de dos mil once (2011).
VISTOS:
Procede la Sala a resolver sobre la admisibilidad de la demanda de casación presentada por el defensor del procesado CarlosEdinson Pabón Quintana, quien fue condenado como coautor responsable de la conducta punible de hurto de hidrocarburos, en sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bucaramanga.
HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL:
1. Los primeros fueron tratados en los fallos de instancia de la siguiente manera:
Los hechos materia del presente proceso penal tuvieron lugar el 2 de septiembre de 2004, día enque siendo las 19:30 horas aproximadamente, sobre la vía que conduce a la vereda Pull Papel en el sitio conocido como La Rochela, jurisdicción del Bajo Simácota (Santander), miembros del Cuerpo Élite de Hidrocarburos interceptaron un vehículo Nissan de color rojo, de placas BBM 123 en momentos en que transportaba 27 pimpinas plásticas de diferentes colores con capacidad de 8 galones para un totalde 216 galones de hidrocarburo, los cuales no presentaban marcador, correspondiendo esto a combustible extraído ilícitamente del poliducto de ECOPETROL.
En el referido operativo fueron capturados Carlos Edinson Pabón Quintana, Fabio Gómez Fuentes y Óscar de Jesús Rojas Hoyos, quienes se movilizaban en otro vehículo Toyota de placas PEC 547, el cual era conducido por el primero de estos; yFélix Paternina Salazar, quien conducía el vehículo en el cual se transportaba el combustible, siendo escoltado por los arriba anunciados, quien manifestó a su vez que no era el dueño de la gasolina sino que lo habían obligado y que Fabio Gómez Fuentes y Óscar de Jesús Rojas Hoyos fueron los que subieron las pimpinas al vehículo.
2. Por los anteriores episodios, el 9 de enero de 2007 la FiscalíaEspecializada de San Gil profirió resolución de acusación contra los vinculados Carlos Edinson Pabón Quintana, Félix Paternina Salazar, Fabio Gómez Puentes y Óscar de Jesús Rojas Hoyos como presuntos coautores del delito de hurto de hidrocarburos, providencia que alcanzó ejecutoria el 28 de febrero siguiente.
3. Correspondió al Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bucaramangaadelantar el juicio, y celebrada la audiencia de juzgamiento, el 13 de agosto de 2010 tomó las siguientes determinaciones:
i) Condenó a Félix Paternina Salazar a las penas de tres (3) años de prisión, multa de doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes, inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la sanción privativa de la libertad y leconcedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena, como autor responsable de la conducta punible materia de la acusación, y,
ii) Absolvió a Carlos Edinson Pabón Quintana, Fabio Gómez Fuentes y Óscar de Jesús Rojas Hoyos, de los cargos imputados.
4. Esa providencia fue recurrida por la apoderada de la parte civil y el 13 de diciembre siguiente el Tribunal Superior de esa ciudadla revocó en forma parcial, y, en su lugar, condenó a Carlos Edinson Pabón Quintana, Fabio Gómez Fuentes y Óscar de Jesús Rojas Hoyos como coautores del delito de hurto de hidrocarburos a las penas de tres (3) años de prisión, multa de doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes, inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la sanciónprivativa de la libertad, al pago de indemnización de perjuicios -al igual que a Félix Paternina Salazar- y les concedió la suspensión condicional de la ejecución de la pena, decisión contra la cual el defensor de Pabón Quintana interpuso y sustentó el recurso extraordinario de casación.
LA DEMANDA:
Al amparo de la causal primera del artículo 207 de la ley 600 de 2000, el demandante formuló...
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