Sucesorio

Páginas: 19 (4680 palabras) Publicado: 16 de julio de 2011
No. Registro: 170,964 Jurisprudencia Materia(s): Civil Novena Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVI, Noviembre de 2007 Tesis: 1a./J. 140/2007 Página: 86 BIENES HEREDITARIOS. PARA LA ENTREGA DE LA POSESIÓN MATERIAL DE LOS MISMOS AL ALBACEA, CUANDO LA DETENTAN LOS HEREDEROS, ES NECESARIA LA PROMOCIÓN DE UN INCIDENTE EN EL JUICIO SUCESORIO(LEGISLACIONES DE NUEVO LEÓN Y DEL DISTRITO FEDERAL). De la interpretación de lo dispuesto en los artículos 1601, 205 y 1603 del Código Civil del Estado de Nuevo León, así como sus correlativos 1704, 205, 1705 y 1706 del Código Civil para el Distrito Federal, se desprende que tanto los herederos como el albacea tienen derecho a la posesión de los bienes que conforman la masa hereditaria, lo cual habrá deser entendido en la forma y términos que la misma ley regula las obligaciones y derechos de los herederos y ejecutores universales, pero siempre con el fin de su conservación hasta la partición. De esa manera, si los hechos que imperan durante el trámite sucesorio, revelan que son los coherederos quienes poseen un inmueble objeto de la herencia, el albacea deberá promover vía incidental laentrega de esa posesión material, debiendo justificarla en virtud de que realizará actos tendientes a obtener recursos en pro de efectuar los gastos de administración que caen dentro de su esfera de acción, lo anterior es así porque es indispensable respetar el derecho de audiencia de los herederos poseedores, consagrado en el artículo 14 de la Ley fundamental, pues éstos también tienen derecho a laposesión de los bienes hereditarios; así, el juez deberá resolver la litis incidental, con el ánimo de lograr un debido equilibrio entre las obligaciones del albacea y el derecho de los herederos, porque la naturaleza especial de la institución jurídica del albacea le implica una representación tanto en favor del autor de la herencia como de los derechos de los herederos, por lo que no podríaválidamente aceptarse que, si el albacea no justifica la necesidad de tener la posesión material del inmueble, deba ineludiblemente entregársele ésta en detrimento de intereses que también el albacea está obligado a salvaguardar y representar en el procedimiento sucesorio, como son los derechos de los herederos. Lo anterior se constata con lo dispuesto en los numerales 1667 y 1770 de los Códigos Civilescitados, los cuales tienen idéntico texto, que dice: "Si el autor de la herencia dispone en su testamento que a algún heredero o legatario se le entreguen determinados bienes, el albacea, aprobado el inventario, les entregará esos bienes, siempre que garanticen suficientemente responder por los gastos y cargas generales de la herencia, en la proporción que les corresponda"; asimismo, se prevé quesi para cuando el albacea pretenda dar en arrendamiento algún bien de la herencia por un término mayor a un año, habrá de necesitarse la voluntad de los herederos. Razonar en contrario sería tanto como desconocer los derechos que adquieren los herederos, con el pretexto de que el albacea simplemente deba tener la posesión de los bienes, siendo que el trámite del juicio sucesorio persigueprecisamente la adjudicación de los bienes a favor de los herederos, para culminar la voluntad del testador y/o de la ley en que se agote la transmisión de los bienes del de cujus.

Contradicción de tesis 163/2006-PS. Entre las sustentadas por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito y el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Cuarto Circuito. 23 de mayo de 2007.Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Juan N. Silva Meza. Secretaria: Guadalupe Robles Denetro. Tesis de jurisprudencia 140/2007. Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de fecha veintinueve de agosto de dos mil siete.

No. Registro: 171,682 Jurisprudencia Materia(s): Civil Novena Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la...
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