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Páginas: 13 (3074 palabras) Publicado: 20 de diciembre de 2010
BOE núm. 21

Jueves 24 enero 2008

4589

puestas de simplificación de los procedimientos, procesos o servicios mediante la eliminación de los tramites innecesarios, la reducción de la documentación soporte de aquellos y su normalización, así como, la reducción de los plazos y tiempos de respuesta y la racionalización de la distribución de las cargas de trabajo y de las comunicacionesinternas. Disposición adicional primera. Constitución de la Comisión. 1. La Comisión Ministerial de Administración Electrónica se constituirá en un plazo no superior a tres meses, desde la entrada en vigor de la presente Orden. 2. El funcionamiento de la Comisión no supondrá incremento alguno de gasto público y será atendida con los medios materiales y de personal existentes en el. Ministerio deDefensa. Disposición adicional segunda. Exclusiones. De conformidad con lo establecido en el artículo 5.1 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, a todos los convenios de colaboración y contratos de suministros, de consultoría y asistencia y de servicios en materia de contratación de bienes y servicios de tecnologías de la información que en el ejercicio de susfunciones realice el mencionado Centro no resultará de aplicación lo dispuesto en el artículo tercero. Disposición transitoria única. Vigencia del Plan Director de Sistemas de Información y Telecomunicaciones. Hasta tanto no se apruebe el Plan Estratégico de Administración Electrónica del Departamento continuarán vigentes las soluciones tecnológicas previstas en el Plan Director de Sistemas deInformación y Telecomunicaciones. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
1262
RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal, que resultarán de aplicar durante 2008, el sistema paravaloración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Se deroga la Orden 52/1987, de 24 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 1/1987, de 1 de enero, en materia de informática. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden. Disposición final primera. Instrucciones deejecución.

El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, establece que anualmente, con efectos de primero de enero de cada año, deberán actualizarse las cuantías indemnizatorias que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas enaccidentes de circulación y, en su defecto, quedarán automáticamente actualizadas en el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior. En este último supuesto, y con la finalidad de facilitar el conocimiento y aplicación del sistema, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones debe dar publicidad a las cuantías resultantes.Habida cuenta que según datos del Instituto Nacional de Estadística, el índice general de precios al consumo se incrementó en 4,2 por ciento en el periodo de referencia, procede actualizar en tal cuantía para el ejercicio de 2008 los importes monetarios del sistema de valoración citado. A estos efectos se toman como base las cifras contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobreResponsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, una vez incrementadas en las actualizaciones correspondientes a los años 2006 y 2007. Sobre la base de cuanto antecede, esta Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones ha acordado: Dar publicidad a través de esta Resolución a las indemnizaciones, vigentes durante el año 2008, para caso de muerte, lesiones permanentes e...
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