Trabajo
Derecho Mexicano.
En primer lugar hablaremos del derecho mexicano el cual llama a la sucesión intestada, legitima o abintestato para nuestra legislación únicamente como legal,en el art. 1599 el cual dispone que la sucesión será legal en los casos, que el testamento no se hizo, es nulo o perdió validez; cuando el testador no dispuso de todos sus bienes que también esta ennuestra legislación cuando es parte testada y parte intestada; cuando no se cumplas la condición puesta al heredero; y cuando el heredero muere antes del testador. Todos estos casos reguladosigualmente en nuestra legislación.
Derecho Español.
Dentro de la legislación española también encontramos la sucesión intestada en el Capitulo III del Código Civil Español a partir del art. 912 y regulacuatro causas por las que se habrá lugar la sucesión intestada en primer lugar al igual que nuestra legislación cuando no se hizo testamento, cuando este es nulo o a perdido su validez, enconcordancia también con lo dispuesto en la legislación mexicana; también sera intestada cuando existe testamento pero este no dispone de la totalidad de los bienes por lo tanto la parte de que el causante noha hecho repartición sera intestada; cuando el heredero no cumple con la condición impuesta, o este muere antes del testador, o la repudia sin tener sustituto o sin lugar a derecho de acrecer, y cuandoel heredero es incapaz, podemos ver que la legislación española va de la mano con tanto con la mexicana como con la nuestra al darle lugar a la sucesión intestada en los mismos casos que lalegislación Salvadoreña.
Derecho Argentino.
En la legislación argentina encontramos regulada este tipo de sucesión a partir del art. 3545. y en la disposiciones generales del derecho de sucesión nosmenciona que habrá lugar a la sucesión legitima o intestada en caso de que el causante no disponga de sus bienes. Pero no encontramos causas taxativas de los motivos que dan lugar a la sucesión...
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