Tuo ley de la mineria
DECRETO SUPREMO Nº 014-92-EM
(*) El presente Decreto Supremo fue publicado el 03-06-92 sin anexar el texto del TUO, el cual se publicó en esta fecha.
(**) De conformidad con la Única Disposición Transitoria del Decreto Ley Nº 25998, publicado el 26-12-92, los contratos suscritos en virtud de lo dispuesto por el artículo 35 del DecretoLegislativo Nº 109 con anterioridad a la entrada en vigencia de este TUO, se regirán por las disposiciones contenidas en los mismos y las que estaban vigentes al momento de su celebración
(***) De conformidad con el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 015-2001-EM publicado el 29-03-2001, a partir de la vigencia de este decreto toda mención al Registro Público de Minería se entenderá como referidaal Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC.
CONCORDANCIAS:
D.S. Nº 018-92-EM
D.S. Nº 023-92-EM
D.S. Nº 025-92-EM (TUPA)
R.D. Nº 163-92-EM-DGM; Art. 1
D.S. Nº 019-93-EM (TUPA)
D.S. Nº 024-93-EM
D.S. Nº 03-94-EM (Reglamento)
D.S Nº 07-94-EM
D.S. Nº 40-94-EM; Art. 1
L. Nº 26615
D.S. Nº 055-99-EM (TUPA)
L. Nº 27343
LEY Nº 27474D.S. Nº 015-2001-EM
D.S. Nº 026-2001-EM
D.S. Nº 029-2001-EM
R.M. N° 271-2003-EM-DM
R.N° 052-2004-SUNARP-SN (Reglamento Inscripciones Registro Derechos
Mineros)
R.J. N° 2965-2005-INACC-J
D.S.Nº 033-2005-EM (REGLAMENTO para el Cierre de Minas)
R.J. Nº 4696-2006-INACC-J (Asignan monto recaudado por concepto de pago
de Derecho deVigencia de derechos mineros y por
la formulación de Petitorios Mineros, correspondiente al mes de setiembre de
2006)
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Legislativo Nº 109, se promulgó la Ley General de Minería y mediante Decreto Legislativo Nº 708, se promulgó la Ley de Promoción de Inversiones en el Sector Minero, norma esta última quemodificó parcialmente la Ley General de Minería;
Que, la Novena Disposición Transitoria del Decreto Legislativo Nº 708 establece que por Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Energía y Minas, se aprobará el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería incorporando, las disposiciones del citado Decreto Legislativo;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 26) delArtículo 211 de la Constitución Política del Perú;
DECRETA:
Artículo 1.- Apruébase el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, que consta de quince Títulos, cincuenta y cuatro Capítulos, doscientos veintiséis Artículos, dieciséis Disposiciones Transitorias y ocho Disposiciones Finales el mismo que forma parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2.- Las modificaciones introducidaspor el Decreto Legislativo Nº 708 al Decreto Legislativo Nº 109, contenidas en el Texto Unico Ordenado que se aprueba mediante el presente Decreto Supremo, regirán a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 708, salvo aquellas que en su propio texto señalen una fecha distinta. (*)
(*) El Decreto Legislativo Nº 708, cuyo texto íntegro ha sido incorporado al presenteTexto Unico Ordenado, fue promulgado el 06-11-91 y publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 14-11-91
Artículo 3.- En tanto se elabore el esquema racional de descentralización y/o desconcentración de acuerdo con las necesidades de las regiones, a que se refiere el Artículo 2, numeral 9), del Decreto Ley Nº 25418, Ley de Bases del Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional, lasfunciones atribuidas a los Organos Jurisdiccionales Administrativos Mineros por la Ley General de Minería, se regirán por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-92-EM/VMM.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los dos días del mes de junio de mil novecientos noventidós.
Rúbrica del Señor Presidente Constitucional de la República
JAME YOSHIYAMA TANAKA
Ministro de Energía y Minas...
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