Walter0123

Páginas: 27 (6643 palabras) Publicado: 25 de abril de 2011
DISPOSICION NORMATIVA D.P.R. “B” 32/06 (P.B.A.)
La Plata, 16 de mayo de 2006
B.O.: 30/5/06 (P.B.A.)
Provincia de Buenos Aires. Código de Operación de Traslado o transporte de bienes en el territorio provincial. Se reglamenta su uso. Disp. Norm. D.P.R. “B” 1/04. Su modificación. Texto ordenado por Disp. Norm. D.P.R. “B” 54/06 (B.O.: 10/7/06 – P.B.A.). Con las modificaciones de las Disp. Norm.D.P.R. “B” 57/06 (B.O.: 19/7/06 – P.B.A.), 62/06 (B.O.: 13/9/04 – P.B.A.), 63/06 (B.O.: 18/9/06 – P.B.A.), 72/06 (B.O.: 23/10/06 – P.B.A.), 76/06 (B.O.: 16/11/06 – P.B.A.), 100/06 (B.O.: 2/1/07 – P.B.A.) y 91/07 (B.O.: 14/1/08 – P.B.A.); y Res. Norm. A.R.B.A. 14/09 (B.O.: 15 y 16/4/09 – P.B.A.).
Nota: ver texto anterior en Disp. Norm. D.P.R. “B” 32/06 (I).
Nota: por Disp. Norm. D.P.R. “B”91/07, art. 6 (B.O.: 14/1/08 – P.B.A.), a partir del 4/2/08 la D.P.R. introducirá modificaciones en los sistemas y aplicaciones vinculados a la generación del código de operación de transporte y a la remisión del remito electrónico. Dichas modificaciones se encontrarán disponibles para su prueba a partir del 21/12/07, en el sitio web de la Dirección Provincial de Rentas.
Art. 1 – La obligación deamparar el traslado o transporte de bienes en el territorio provincial mediante un Código de Operación de Transporte, establecida en el art. 34 bis del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires (Ley 10.397, t.o. en 2004), incorporado por la Ley 13.405, deberá cumplirse en la forma, modo y condiciones que se establecen en la presente disposición.
Art. 2 (1) – La obligación de amparar eltraslado o transporte de bienes mediante el Código de Operación de Transporte no resultará exigible:
1. Cuando la mercadería transportada no supere en cantidad la que para cada especie establezca la autoridad de aplicación respecto de cada operación de traslado o transporte de bienes.
2. Con motivo de operaciones de exportación y/o importación.
3. Por un plazo de noventa días corridos a partir dela fecha en que comience a regir la obligación de amparar el traslado o transporte para cada especie de bienes, respecto de:
3.1. Aquellos contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos cuya base imponible del año calendario inmediato anterior, atribuible a la provincia de Buenos Aires, hubiese sido inferior a la suma de pesos cinco millones ($ 5.000.000).
3.2. Aquellos contribuyentescuyo inicio de actividades se hubiera producido durante el período fiscal en curso.
4. Por un plazo de siete días corridos a partir de la fecha en que comience a regir la obligación de amparar el traslado o transporte para cada especie de bienes, respecto de aquellos contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos cuya base imponible del año calendario inmediato anterior, atribuible a laprovincia de Buenos Aires, hubiese sido igual o superior a la suma de pesos cinco millones ($ 5.000.000).
5. Cuando el propietario de la mercadería transportada sea el Estado nacional, Estados provinciales, municipalidades, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o alguna de sus empresas u organismos descentralizados o autárquicos.
6. Cuando el transporte o traslado de los bienes se efectúe dentro delpropio predio o establecimiento industrial.
7. (2) Cuando se transporten o trasladen bienes que para el propietario tengan el carácter de bienes de uso y dicho carácter haya sido consignado en el comprobante que, de conformidad con la Res. Gral. A.F.I.P. 1.415/03 y modif., respalda el traslado o transporte de los bienes.
8. (2) Cuando de la documentación respaldatoria emitida de conformidad a loprevisto en el art. 35, de la Res. Gral. A.F.I.P. 1.415/03 y modif. surja claramente que se trata del transporte o traslado realizado por las entidades elaboradoras de productos lácteos que realizan la recolección de leche en los tambos proveedores.
9. (2) Cuando el bien que se traslada sea el propio vehículo o medio de transporte.
10. (3) Cuando se trasladen o transporten bienes que para el...
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