I.sl.r personas naturales
SENIAT – Impuesto Establecido en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art. 307). Código Orgánico Tributario. Ley de Reforma Parcial del Decreto 1.546 con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario publicada en la Gaceta Oficial N° 5.771 (Extraordinaria) del 18/05/2005.SENIAT – Impuesto Establecido en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario
BASE LEGAL BASE LEGAL
Reglamento Parcial del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para la determinación de la vocación de uso de la tierra rural (Decreto N° 3.463 del 09/02/2005, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.126 del 14/02/2005).
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OBJETIVO DE LA LEY (Art. 1) OBJETIVO DE LA LEY (Art. 1)
Esta Ley tiene como finalidad el desarrollo sustentable y el reordenamiento agropecuario del territorio. El impuesto que se establece en la misma, es sólo una herramienta de control para el cumplimiento de su fin. Esta ley no es una norma de carácter tributario aunque, tiene contenido tributario.
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CONCEPTOS BASICOS CONCEPTOS BASICOS
TIERRAS INFRAUTILIZADAS (Art. 102) Son aquellas con vocación agrícola, pecuaria o forestal que no alcancen el rendimiento idóneo calculado según las disposiciones contenidas en la Ley.
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CONCEPTOS BASICOS CONCEPTOS BASICOS
TIERRASOCIOSAS (Art. 103) Se consideran ociosas las tierras con vocación agrícola, pecuaria o forestal que no alcancen por lo menos el 80% del rendimiento idóneo calculado. TIERRAS OCIOSAS (Art. 104) Las tierras rurales que no están en producción agrícola, pecuaria, acuícola ni forestal, conforme al mejor uso según el potencial agroalimentario de la clasificación correspondiente a dichas tierras de acuerdo ala Ley o a los planes nacionales de ordenación agroalimentaria.
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CLASIFICACIÓN POR USOS, CLASES Y RUBROS CLASIFICACIÓN POR USOS, CLASES Y RUBROS
Clasificación de uso agropecuario de la tierra rural en orden descendente de calidad y vocación para la seguridad alimentaria. Uso Clases
I Agrícola II
Clasificación deRubros por Clase de Suelos
Hortalizas, Leguminosas Hortalizas, Leguminosas, Musáceas, Cereales, Plantaciones Tropicales Conservacionistas (Café y Cacao), Raíces y Tubérculos Fruticultura, Cereales, Oleaginosas, Plantaciones Tropicales Conservacionistas (Café y Cacao), Raíces y Tubérculos Fruticultura, Plantaciones Tropicales, Raíces y Tubérculos Ganado Vacuno: Leche, Doble Propósito (Leche-Carne),Crìa; Ganado Bufalino, Caprinos, Ovinos, Porcinos, Aves, Especies de Fauna Silvestre Agroforestería y Plantaciones Forestales
III IV Pecuario V VI Forestal
Conservación, ecología y protección del medio ambiente
VII VIII IX X
Agroturismo
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SUJETOS PASIVOS (Art. 98) SUJETOS PASIVOS (Art. 98)
Los propietarios detierras rurales privadas Los poseedores de tierras rurales públicas, distintos de los órganos y entidades públicas y de los entes de la Administración Pública descentralizados funcionalmente.
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HECHO IMPONIBLE (Art. 97) HECHO IMPONIBLE (Art. 97)
La infrautilización de tierras rurales privadas y públicas.
Tierras cubiertas debosques naturales. Tierras no aptas para ninguna clase de cultivo, explotación ganadera o forestal.
Con exclusión
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EXENCIONES (Art. 101) EXENCIONES (Art. 101)
1.- El agricultor a título principal, propietario de tierras rurales privadas o poseedor de tierras rurales públicas, que cumpla con los siguientes...
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