000003628

Páginas: 10 (2397 palabras) Publicado: 30 de julio de 2015
VIOLACION
Expediente de Casación 171
Registro Oficial Suplemento 5 de 30-may-2013
Estado: Vigente
VIOLACION. Expediente 171, Registro Oficial Suplemento 5, 30 de Mayo del 2013.
No. 171-2010
JUICIO PENAL No. 516-2007, SEGUIDO EN CONTRA DE TUNTIAK MARCELO IKIAM PINCHUPA,
COMO AUTOR RESPONSABLE DEL DELITO DE VIOLACION PREVISTO EN EL ART.
512 NUMERAL 1 Y SANCIONADO EN EL ART. 513 DEL CODIGO PENAL.CORTE NACIONAL DE JUSTICIA SEGUNDA SALA DE LO PENAL
Quito, 17 de marzo del 2010.- Las 09h10.
VISTOS: Avocamos conocimiento de la presente causa en calidad de Jueces de la Segunda Sala de
lo Penal de la Corte Nacional de Justicia y Conjuez Nacional, en virtud del Oficio No.
067-SG-2010-PCH. Tuntiak Marcelo Ikiam Pinchupa, interpone recurso de casación de la sentencia
expedida el 26 de septiembre de2007, por el Tribunal Penal de Pastaza, que lo declara autor
responsable del delito de violación, previsto en el Art. 512 numeral 1 y sancionado en el Art. 513 del
Código Penal, imponiéndole la pena de dieciséis años de reclusión mayor especial. Concluido el
trámite y siendo el estado de la causa, el de resolver, para hacerlo se considera: PRIMERO.- Esta
Segunda Sala Especializada de lo Penal escompetente para conocer y resolver este recurso de
casación, en virtud del Art. 184 de la Constitución Política de la República del Ecuador, vigente a
partir del 20 de octubre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 449; por lo dispuesto en los
literales a) y b) del numeral 4 de la sentencia interpretativa 001-08-SI- CC de fecha 28 de noviembre
de 2008, dictada por la Corte Constitucional dela República, publicada en el Registro Oficial No. 479
de 2 de diciembre de 2008; por Resolución Sustitutiva de 22 de diciembre del 2008, (publicada en el
Registro Oficial No. 511 de 21 de enero de 2009), a la aprobada por el Pleno de la Corte Nacional de
Justicia, el 17 de diciembre de 2008; y, por el sorteo legal de 22 de octubre de 2007. SEGUNDO.- A
fs. 3 a 5 del cuaderno de la Sala consta elescrito de fundamentación del recurso formulado por el
recurrente, en el que, en lo fundamental expresa que: es un discapacitado por sufrir ceguera total, y
además que es un indígena nativo de la nacionalidad Shuar de la amazonía ecuatoriana, y que en el
injusto proceso penal al que fue sometido, los operadores de justicia no contemplaron la disposición
del Art. 24 numeral 12 de la ConstituciónPolítica del Estado que dice: "Toda persona tendrá el
derecho a ser oportuna y debidamente informada en su lengua materna de las acciones iniciadas en
su contra", por lo que, la violación de esta disposición constitucional causa la nulidad de todo lo
actuado. Que en su ilegal sentencia el Tribunal Penal de Pastaza viola el Art. 2 del Código de
Procedimiento Penal que dice: "Nadie puede ser reprimidopor un acto que no se halle expresamente
declarado como infracción por la ley penal, ni sufrir una pena que no esté en ella establecida...". Los
miembros policiales reconocieron en la audiencia de juzgamiento que le detuvieron sin la
correspondiente boleta de Juez competente, es decir, sin que se haya cometido un supuesto delito
flagrante se le privó de su libertad, allanando su domicilio, continúaexpresando el recurrente, que la
doctora María Sánchez García ha establecido en su informe pericial sobre el reconocimiento
ginecológico practicado a la menor de edad Jenny Gabriela Chinkim Tucupi, la existencia de una
desfloración himeneal antigua completa, que el acto impúdico ha sido realizado con el dedo ya que
es muy pequeño y estrecho el orificio, circunstancia que la misma menor podíahaberse producido o
cualquier otra persona debió haber actuado menos el impugnante, porque dice ser inocente; que se
ha dejado de aplicar el Art. 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que dice:
"Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueren delictivas
según el Derecho Nacional e Internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS