0064000016739553007
Páginas: 34 (8273 palabras)
Publicado: 26 de agosto de 2015
Vistos para resolver, los autos del juicio de amparo número 247/2015, promovido por Guadalupe Salazar López, por propio derecho, contra actos de la Unidad Administrativa de Prestaciones Económica No. 1, de la Subdelegación de Prestaciones, de la Delegación Regional Zona Norte en el Distrito Federal, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; y,
R E S U L TA N D O:
PRIMERO. Presentación de la demanda. Por escrito recibido el diecinueve de febrero de dos mil quince en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, remitido el mismo día, por razón de turno, a este Juzgado Séptimo de Distrito en la materia y jurisdicción citados, Guadalupe Salazar López, por propio derecho, solicitó elamparo y protección de la Justicia Federal contra las autoridades y por los actos que a continuación se indican:
Autoridades responsables:
“1.- Unidad Administrativa de Prestaciones Económicas No. 1, de la Subdelegación de Prestaciones, de la Delegación Regional Zona Norte en el Distrito Federal, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado…
2.- C.Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, de quien se reclama la promulgación y publicación del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores sujetos al Régimen del artículo Décimo Transitorio, del decreto por el que se expide la ley del ISSSTE vigente, particularmente en el artículo 12, fracción II, inciso C, impugnado…”
Actos reclamados
1.- El oficio No.UAPE NO. 1/JEF/0019/2014, de fecha 14 de enero de 2015, emitido por la UNIDAD ADMINISTRATIVA DE PRESTACIONES ECONÓMICAS No. 1, DE LA SUBDELEGACIÓN DE PRESTACIONES, DE LA DELEGACIÓN REGIONAL ZONA NORTE EN EL DISTRITO FEDERAL, DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, por medio del cual se me da respuesta negativa a mi solicitud de pensión de viudezpresentada el 31 de octubre de 2014.
2. La inconstitucionalidad del artículo 12, fracción II, inciso C, del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones de los Trabajadores sujetos al Régimen del artículo Décimo Transitorio, del decreto por el que se expide la ley del ISSSTE vigente, así como la aplicación de dicha disposición legal en contra de la ahora quejosa como primer acto de aplicación(norma heteroaplicativa), al fundar en dicho precepto legal la negativa a mi derecho de pensión de viudez, argumentando en su oficio No. UAPE NO. 1/JEF/0019/2014, de fecha 14 de enero de 2015, la incompatibilidad de pensión.”
SEGUNDO. Garantías violadas. La parte quejosa narró los antecedentes del caso, expuso los conceptos de violación que estimó pertinentes y señaló como garantías violadas, lascontenidas en los artículos 1º, 8, 14, 16, 17, 89 y 123, aparado b), fracción XII, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
TERCERO. Admisión de la demanda. Por acuerdo de veinte de febrero de dos mil catorce, se admitió a trámite la demanda de garantías (folios 25 a 28), se ordenó dar la intervención que legalmente corresponde al Agente del Ministerio PúblicoFederal adscrito, se solicitó a las autoridades señaladas como responsables su informe justificado y se fijaron hora y fecha para la celebración de la audiencia constitucional, misma que se llevó al cabo, sin la asistencia de las partes, en términos del acta que antecede; y,
C O N S I D E R A N D O:
PRIMERO. Competencia. Este Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en el DistritoFederal, resulta legalmente competente para conocer de este juicio de amparo, con apoyo en lo dispuesto en los artículos 103, fracción I y 107, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 35 y 37 de la Ley de Amparo y 52, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y el Acuerdo General número 3/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal,...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.