01 Articulos Codigo de comercio

Páginas: 21 (5135 palabras) Publicado: 16 de mayo de 2015
CÓDIGO DE COMERCIO

- Los textos encerrados entre los símbolos <...> fueron agregados por el editor,
con el único propósito de facilitar la consulta de este documento legal. Dichos
textos no corresponden a la edición oficial del Código de Comercio.
DECRETO 410 DE 1971
(marzo 27)
Diario Oficial No. 33.339 del 16 de junio de 1971
Por el cual se expide el Código de Comercio


El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de
las facultades extraordinarias que le confiere el
numeral 15 del artículo 20 de la Ley 16 de 1968,
y cumplido el requisito allí establecido,
DECRETA:
TÍTULO PRELIMINAR.
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 1o. . Los
comerciantes y los asuntos mercantiles se regirán por las disposiciones de la leycomercial, y los casos no regulados expresamente en ella serán decididos por
analogía de sus normas.
ARTÍCULO 2o. . En las
cuestiones comerciales que no pudieren regularse conforme a la regla anterior,
se aplicarán las disposiciones de la legislación civil.
ARTÍCULO 3o. . La costumbremercantil
tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre que no la contraríe
manifiesta o tácitamente y que los hechos constitutivos de la misma sean
públicos, uniformes y reiterados en el lugar donde hayan de cumplirse las
prestaciones o surgido las relaciones que deban regularse por ella.
En defecto de costumbre local se tendrá en cuenta la general del país, siempre
que reúna los requisitosexigidos en el inciso anterior.
ARTÍCULO
4o.
DE
LAS
ESTIPULACIONES
CONTRACTUALES>. Las estipulaciones de los contratos válidamente
celebrados preferirán a las normas legales supletivas y a las costumbres
mercantiles.
ARTÍCULO 5o. . Las
costumbres mercantiles servirán, además, para determinar el sentido de las
palabras o frases técnicas del comercio ypara interpretar los actos y convenios
mercantiles.
ARTÍCULO 6o. TESTIGOS>. La costumbre mercantil se probará como lo dispone el Código de
Procedimiento Civil. Sin embargo, cuando se pretenda probar con testigos, éstos
deberán ser, por lo menos, cinco comerciantes idóneos inscritos en el registro
mercantil, que den cuenta razonada de los hechos y delos requisitos exigidos a
los mismos en el artículo 3o.; y cuando se aduzcan como prueba dos decisiones

judiciales definitivas, se requerirá que éstas hayan sido proferidas dentro de los
cinco años anteriores al diferendo.
ARTÍCULO 7o. COSTUMBRE
INTERNACIONALES>. Los
tratados
o
convenciones
internacionales de comercio no ratificados por Colombia, lacostumbre
mercantil internacional que reúna las condiciones del artículo 3o., así como los
principios generales del derecho comercial, podrán aplicarse a las cuestiones
mercantiles que no puedan resolverse conforme a las reglas precedentes.


ARTÍCULO 8o. . La prueba de la existencia de una costumbre mercantil
extranjera, yde su vigencia, se acreditará por certificación del respectivo cónsul
colombiano o, en su defecto, del de una nación amiga. Dichos funcionarios para
expedir el certificado solicitarán constancia a la cámara de comercio local o de la
entidad que hiciere sus veces y, a falta de una y otra, a dos abogados del lugar,
de reconocida honorabilidad, especialistas en derecho comercial.
ARTÍCULO 9o. . La costumbre mercantil internacional y su vigencia se
probarán mediante copia auténtica, conforme al Código de Procedimiento Civil,
de la sentencia o laudo en que una autoridad jurisdiccional internacional la
hubiere reconocido, interpretado o aplicado. También se probará con
certificación autenticada de una entidad internacional idónea, que...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Articulos Codigo De Comercio
  • Articulo 75 Codigo Comercio
  • Articulo 110 (Código de Comercio)
  • Artículo 1335 código de comercio
  • Articulo 75 Codigo De Comercio.
  • analisis del los articulo de codigo de comercio
  • articulos codigo de comercio
  • Artículo 75 código de comercio

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS