014 13 PRE Oferta Postor Y Garant A De Seriedad De Oferta

Páginas: 5 (1244 palabras) Publicado: 12 de junio de 2015
T.D.: 3219794

OPINIÓN Nº 070-2013/DTN


Entidad: Ministerio del Ambiente

Asunto: Incremento de la garantía por el monto diferencial de la propuesta cuando se aprueben prestaciones adicionales

Referencia: Oficio Nº 160-2013-MINAM-SEG/OGA


1. ANTECEDENTES

Mediante el documento de la referencia, la Directora de la Oficina General de Administración del Ministerio del Ambiente consulta si esexigible al contratista el incremento de la garantía por el monto diferencial de la propuesta cuando se aprueben prestaciones adicionales durante la ejecución contractual.

Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Supervisor son aquellas referidas al sentido y alcance de la normativa de contrataciones del Estado,planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, de conformidad con lo dispuesto por el literal j) del artículo 58 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 (en adelante, la “Ley”), y la Segunda Disposición Complementaria Final de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF (enadelante, el “Reglamento”).

En ese sentido, la conclusión de la presente opinión no se encuentra vinculada necesariamente a situación particular alguna.

2. CONSULTAS Y ANÁLISIS

Las consultas formuladas son las siguientes:

2.1 “¿Es exigible al contratista el incremento de la garantía por el monto diferencial de la propuesta, en caso se aprueben adicionales durante la etapa de ejecucióncontractual?” (sic).

2.1.1 El numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley establece que “Excepcionalmente y previa sustentación por el área usuaria de la contratación, la Entidad puede ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales en caso de bienes y servicios hasta por el veinticinco por ciento (25%) de su monto, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato(…).” (El subrayado es agregado).

Por su parte, el primer párrafo del artículo 174 del Reglamento ha precisado que “Para alcanzar la finalidad del contrato y mediante resolución previa, el Titular de la Entidad podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, para lo cual deberá contar con la asignaciónpresupuestal necesaria (…)”.
Como se advierte, la normativa de contrataciones del Estado ha establecido que, excepcionalmente, el Titular de la Entidad puede ordenar la ejecución de prestaciones adicionales de bienes y servicios, hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, siempre que estas prestaciones sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato yque la Entidad cuente con disposición presupuestal.

2.1.2 De otro lado, debe señalarse que, a efectos de garantizar el cumplimiento del contrato, la normativa de contrataciones del Estado exige como requisito para la celebración del mismo, la presentación de una garantía de fiel cumplimiento, equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual, y en caso que la contratación conlleve laejecución de prestaciones accesorias, la obligación de otorgar una garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias por el diez (10%) del monto de estas.

Estas garantías tienen por finalidad desincentivar el incumplimiento injustificado del contratista, así como asegurar a la Entidad una reparación económica en caso este incumpla el contrato, debiendo encontrarse vigentes hasta laconformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, en el caso de bienes y servicios, o hasta el consentimiento de la liquidación final, en el caso de ejecución y consultoría de obras.

Asimismo, si la propuesta económica ganadora es inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%), en el caso de servicios, o en más del veinte por ciento (20%), en el caso de bienes,...
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