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Páginas: 68 (16934 palabras) Publicado: 10 de octubre de 2015
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Martes 28 de junio de 2011

Sec. I. Pág. 68705

I.  DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE CULTURA
Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio, por la que se establecen los
procedimientos para el cómputo de espectadores de las películas
cinematográficas, así como las obligaciones, requisitos y funcionalidades
técnicas de los programas informáticos a efectos delcontrol de asistencia y
rendimiento de las obras cinematográficas en las salas de exhibición.

El artículo 16 de la Ley 55/2007, del Cine, así como el Capítulo V del Real Decreto 2062/2008,
de 12 de diciembre, que la desarrolla, establecen una serie de obligaciones para las salas de
exhibición cinematográfica, a los efectos de conocer «con la mayor exactitud, rapidez y fiabilidad
los ingresos queobtienen las películas a través de su explotación en las salas de exhibición
cinematográfica, con el detalle suficiente para servir de soporte a la actuación administrativa y al
ejercicio de los derechos legítimos de los particulares».
Por otro lado, el artículo 20. 3 del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, en el
marco de la regulación de las ayudas estatales para la amortización delargometrajes
dispone que «con el fin de que puedan ser tenidos en cuenta los criterios objetivos de
carácter automático basados en la recepción por los espectadores a través de otros
medios de difusión distintos a la proyección en salas de exhibición, a los que se refiere el
artículo 26 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, se procederá, mediante Orden
ministerial, al establecimiento de los procedimientospara la acreditación y certificación de
la distribución de películas a través de Internet o de otros sistemas basados en la
demanda del espectador, así como de la venta y el arrendamiento remunerado a precio
de mercado de soportes físicos y de los accesos individuales mediante pago a
proyecciones cinematográficas que se desarrollen en el marco de festivales y certámenes
celebrados en España, alos exclusivos efectos del cómputo de espectadores».
Resulta así necesario proceder a la regulación ex novo del cómputo de espectadores
de cinematografía a través de canales distintos a las salas de exhibición.
En lo relativo a las salas de exhibición, la materia se encuentra regulada hasta ahora
en la Orden CUL/2594/2006, de 26 de julio, por la que se modifica el anexo I de la Orden
de 7 de juliode 1997, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 81/1997,
de 24 de enero, en las materias de cuotas de pantalla y distribución de películas, salas de
exhibición, registro de empresas y calificación de obras cinematográficas audiovisuales.
Sin embargo, el tiempo transcurrido desde su publicación y los nuevos formatos de los
canales de venta hacen necesaria una actualización de lamateria.
Esta orden ministerial procede en consecuencia a una profunda actualización,
refundición y modernización de las disposiciones vigentes que afectan al control de
asistencia y rendimientos, así como a otras precisiones directamente vinculadas a la
exhibición cinematográfica. Así, entre otras cuestiones, se atiende a las demandas
planteadas por el sector para dotar de la necesaria coberturalegal a los nuevos métodos
de comercialización de entradas, que podrán llegar a ser plenamente inmateriales o
carentes de todo soporte físico; o se precisan algunas cuestiones relativas al concepto de
explotación cinematográfica comercial con el fin de evitar que la utilización de equipos
digitales de carácter doméstico pueda llegar a confundirse con la necesaria calidad propia
de la difusióncinematográfica profesional.
La orden mantiene la posibilidad de que existan algunas salas de cine que no tengan
todavía carácter informatizado, una situación que el propio Real Decreto 2062/2008, de
12 de diciembre, concibe estrictamente como transitoria, y prevé para ellas un
procedimiento simplificado para la declaración de datos al Instituto de la Cinematografía y
de las Artes Audiovisuales (en...
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