03700 2013 AA

Páginas: 14 (3436 palabras) Publicado: 24 de octubre de 2015
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP. NY 03700-2013-PA/TC
LAMBAYEQUE
AUGUSTO STPIÓN BARRIOS

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

En Lima, a los 28 días del mes de abril de 2014, la Sala Primera del Tribunal
Constitucional pronuncia la siguiente sentencia con el voto en mayoría de los magistrados
Vergara Gotelli y Álvarez Miranda, y el voto dirimente del magistrado Mesía Ramírez,
llamado a componer ladiscordia suscitada por el voto del magistrado Calle Hayen
ASUNTO
/ Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Pedro Vicente Torres
Fernández, en representación de don Augusto Sipión Barrios contra la sentencia de fojas
7/66, su fecha 24 de mayo de 2013, expedida por la Sala Constitucional de Lambayeque,
/que declaró improcedente la demanda.
/ ANTECEDENTES
Con fecha 22 de setiembre de2009, don Augusto Sipión Barrios debidamente
representado por don Pedro Vicente Torres Fernández interpone demanda de amparo contra
la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) y el Ministerio de
Economía y Finanzas (MEF).
La presente demanda tiene por objeto que se declaren inaplicable las Resoluciones de
Determinación N.°3 072-003-0001407 a 072-003-0001434 y lasResoluciones de Multa N.'
072-003-0001577 a 072-002-0001596 y 072-002-0001599 a 072-002-0001608, y que se
dejen sin efecto las cobranzas coactivas seguidas para dejar sin efecto tales valores así
como cualquier medida cautelar que se hubiera trabado contra dichas deudas.
El MEF a través de su procurador público deduce la excepción de oscurid en el
modo de proponer la demanda y de falta de agotamiento de lavía previa. Asim. o aduce
que tal controversia debe ser dilucidada en el proceso contencioso administrat
y no en el
proceso de amparo.
En cuanto al fondo de lo solicitado sostiene que la adopción
medidas cautelares
previas se encuentra justificada en virtud de lo establecido en el 1 al "b" del artículo 56°
del Código Tributario.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EXP. N.° 03700-2013-PA/TC
LAMBAYEQUEAUGUSTO SIPIÓN BARRIOS

Por su parte, el procurador público de la Sunat deduce las excepciones de falta de
agotamiento de la vía previa e incompetencia.
El Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Lambayeque declaró fundada la
excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa y, en consecuencia, nulo todo lo
actuado y concluido el proceso.
El ad quem confirma la recurrida por el mismofundamento.
FU DAMENTOS
obie la necesidad de haber agotado la vía administrativa

1. Aunque las instancias judiciales precedentes han declarado la improcedencia de la
'demanda por considerar que no se ha agotado la vía administrativa, este Tribunal estima
, que se ha obviado pronunciarse sobre si estaba exceptuado de agotada o no, máxime si
/ se tiene en consideración que, precisamente, elaccionante aduce no haber participado
en la fiscalización. Tampoco puede soslayarse que, en la vía administrativa, el propio
Tribunal Fiscal ha determinado una serie de irregularidades que, según el accionante, no
fueron subsanadas y terminaron conculcando sus derechos fundamentales. Por ello, no
debió estimarse la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa.
Delimitación del petitorio

2.A través de la presente demanda, el recurrente solicita que se declaren inaplicables las
Resoluciones de Determinación N.' 072-003-0001407 a 072-003-0001434 y las
Resoluciones de Multa N.' 072-003-0001577 a 072-002-0001596 y 072-002-0001599 a
072-002-0001608, y que se dejen sin efecto las cobranzas coactivas seguidas para dejar
sin efecto tales valores así como cualquier medida cautelar que sehubier trabado
contra dichas deudas.
Análisis del caso en concreto

3. En primer lugar, cabe mencionar que no corresponde emitir pro unciamiento de fondo
sobre el extremo de la demanda en el que se peticiona jar sin efecto la deuda
tributaria que la Sunat ha determinado por ser "exorbitant' ' (Cfr. Fundamento 35 de la
Demanda) debido a que la jurisdicción constituci, al no puede subrogar a la...
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