04 Resolucion_Tecnica_Nro_37_FACPCE
Resolución Técnica N° 37
Normas de auditoría, revisión, otros encargados de
aseguramiento, certificación y servicios
relacionados
Dr. Andrés Marcelo Zarauza
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Vigencia:
Aplicación obligatoria a los encargos que se presten a
partir del 1° de enero de 2014 o, en el caso de encargos
cuyo objeto sean estados contables, para los ejercicios
iniciados o períodos intermedioscorrespondientes a
ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2014.
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2
Aplicación Anticipada:
Permite la aplicación anticipada de los servicios previstos en
esta Resolución para aquellos encargos que se inicien a
partir de la fecha de aprobación de esta Resolución Técnica
por la Junta de Gobierno.
Aprobada por el CPCECABA el 12 de Junio de 2013 por
la Resolución CD60/2013.
60/2013.
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1
26/08/2013
Derogación de la R.T. Nº 7
Se deroga:
• Resolución Técnica Nº 7 “Normas de auditoría”.
• Interpretación N° 5 “El informe del auditor sobre cifras
e información presentada a efectos comparativos.
A partir de la fecha de vigencia y correspondiente
aplicación de esta Resolución Técnica.
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4
Modelos:
Encomiendaal Consejo Emisor de Normas de
Contabilidad y Auditoría ( CENCyA ) la preparación de
un informe del CENCyA con ejemplos de informes de
auditoría que surgen por aplicación de esta Resolución
Técnica. (Pendiente)
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Objetivo de la Norma:
Adaptación a las Normas Internacionales.
Coherencia entre una Auditoría hecha con NIA y con RT 37
Incorporación de nuevos serviciosprevistos en las NIA.
Mejorar su estructura.
Capitulo 1: Indroducción
Capitulo 2: Normas comunes a todos los encargos
Capitulo 3 a 7: Encargos Específicos
Glosario
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2
26/08/2013
Independencia:
1. El contador público (en adelante, indistintamente el
"contador") debe tener independencia con relación al ente al
que se refiere la información objeto del encargo.
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Independencia (continuación):
Falta de independencia
2. El contador no es independiente en los siguientes casos:
2.1. Cuando estuviera en relación de dependencia con
respecto al ente cuya información es objeto del encargo o
con respecto a los entes que estuvieran vinculados
económicamente a aquél, o lo hubiera estado en el ejercicio
al que se refiere la información quees objeto del encargo.
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Independencia (continuación):
No se considera que existe relación de dependencia cuando el
contador tiene a su cargo el registro de documentación
contable, la preparación de los estados contables y la
realización de otras tareas similares remuneradas mediante
honorarios, en tanto no coincidan con funciones de dirección,
gerencia oadministración del ente cuyos estados contables o
informaciones son objeto del encargo.
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26/08/2013
Independencia (continuación):
2.2. Cuando fuera cónyuge o equivalente, o pariente por
consanguinidad, en línea recta o colateral hasta el cuarto
grado inclusive, o por afinidad hasta el segundo grado, de
alguno de los propietarios, directores, gerentes generales oadministradores del ente cuya información es objeto del
encargo o de los entes vinculados económicamente a aquél.
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Independencia (continuación):
2.3. Cuando fuera socio, asociado, director o administrador del
ente cuya información es objeto del encargo, o de los entes que
estuvieran vinculados económicamente a aquél, o lo hubiese sido
en el ejercicio al que se refiere lainformación que es objeto del
encargo.
No existe falta de independencia cuando el contador fuera socio o
asociado de entidades civiles sin fines de lucro (clubes, fundaciones
mutuales u otras organizaciones de bien público) o de sociedades
cooperativas, cuya información es objeto del encargo o de los entes
económicamente vinculados a aquéllas.
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Independencia...
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