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TITULO XXXVI.
DE LAS PERSONAS JURIDICAS
ARTICULO 633.
una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraerobligaciones civiles, y de ser
representada judicial y extrajudicialmente.
Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de
beneficencia pública.
Hay personas jurídicas queparticipan de uno y otro carácter.
ARTICULO 634.
jurídicas las fundaciones que no se hayan establecido en virtud de una ley.
comprendidas en las disposiciones de este título; sus derechos y obligaciones son
reglados, según su naturaleza, por otrostítulos de este Código, y por el Código de
Comercio.
Tampoco se extienden las disposiciones de este título a las corporaciones o
fundaciones de derecho público, como los establecimientos que se costean confondos
del tesoro nacional.
ARTICULO 636.
ARTICULO 637.
corporación, nopertenece ni en todo ni en parte a ninguno de los individuos que la
componen; y recíprocamente, las deudas de una corporación no dan a nadie derecho
para demandarlas en todo o parte, a ninguno de losindividuos que componen la
corporación, ni dan acción sobre los bienes propios de ellos, sino sobre los bienes de
la corporación.
Sin embargo, los miembros pueden, expresándolo, obligarse en particular,al mismo
tiempo que la corporación se obliga colectivamente; y la responsabilidad de los
miembros será entonces solidaria si se estipula expresamente la solidaridad.
Pero la responsabilidad no se...
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