05 ANEXO V BaremoOposiciones
BAREMO DE MÉRITOS PARA EL INGRESO AL CUERPO DE MAESTROS
Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.
Solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente justificados a través de la documentación que se
determina en el presente anexo, siendo baremados únicamente los perfeccionados hasta la fecha de finalización del plazo depresentación de solicitudes. La fecha de cierre de la hoja de servicios será asimismo el último día del plazo de presentación de
solicitudes.
Para la justificación de los méritos se admitirán documentos originales o copias debidamente compulsadas.
Toda documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse en castellano. De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 36.2 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, deberán traducirse al castellano los documentos que, redactados en lengua oficial de una Comunidad
Autónoma, deban surtir efectos fuera del territorio de esa Comunidad.
Asimismo, la documentación redactada en lengua extranjera deberá presentarse acompañada de su traducción oficial alcastellano.
I.- EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA (máximo 5 puntos)
MÉRITOS
1.1 Por cada año de experiencia docente en
especialidades del cuerpo de Maestros, en
centros públicos. Por cada mes/fracción de año
se sumarán 0,083 puntos.
1.2 Por cada año de experiencia docente en
especialidades de cuerpos distintos al de
Maestros, en centros públicos. Por cada
mes/fracción de año se sumarán 0,041 puntos.
1.3 Por cadaaño de experiencia docente en
especialidades del mismo nivel o etapa
educativa que el impartido por el cuerpo de
Maestros, en otros centros. Por cada
mes/fracción de año se sumarán 0,041 puntos
1.4 Por cada año de experiencia docente en
especialidades de distinto nivel o etapa
educativa que el impartido por el cuerpo de
Maestros, en otros centros. Por cada
mes/fracción de año se sumarán 0,020puntos.
PUNTOS
1,000
0,500
0,500
0,250
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Hoja de servicios o certificación de la Dirección
Provincial de Educación u órgano competente
de la Administración educativa en la que conste
la fecha de toma de posesión, cese, cuerpo y
especialidad; en su defecto, los documentos de
las tomas de posesión y cese o certificado de
continuidad en su caso, en los que conste fecha
detoma de posesión, cese, cuerpo y
especialidad.
Certificación del Director del centro, con el visto
bueno del Área de la Inspección Educativa, en
la que conste el cuerpo, la especialidad y
duración real de los servicios, con las fechas
exactas de comienzo y terminación de los
mismos o que continúa prestando servicios.
Únicamente en los centros dependientes de
Entidades Locales, será necesariopresentar los
contratos de trabajo en los que conste fecha de
inicio y fin de la relación jurídica, así como
certificación de los servicios prestados emitida
por el órgano competente de dicha entidad en la
que conste la especialidad desempeñada
correspondiente a las enseñanzas regladas
autorizadas, junto con un informe de vida laboral
expedido por la Tesorería de la Seguridad
Social.
A los efectos deeste apartado se tendrá en cuenta los siguientes aspectos:
Únicamente se tendrá en cuenta un máximo de cinco años, cada uno de los cuales deberá ser valorado en uno solo de los
subapartados anteriores.
No podrán acumularse las puntuaciones cuando los servicios se hayan prestado simultáneamente en más de un centro
docente o se hayan desempeñado en un mismo centro distintas especialidades al mismotiempo. Asimismo, un mismo mérito
no podrá valorarse simultáneamente por más de un apartado o subapartado.
La experiencia docente que, en su caso, se acredite por impartir enseñanzas de religión en centros públicos, será computada
dentro del apartado 1.2.
En el caso de centros que no estén actualmente en funcionamiento, en defecto del certificado del Director con el visto bueno
del Área de...
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