05001 22 03 000 2012 00231 01

Páginas: 10 (2253 palabras) Publicado: 3 de abril de 2015
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL


Magistrado Ponente
RUTH MARINA DÍAZ RUEDA


Bogotá D. C., nueve (9) de abril de dos mil doce (2012).



(Discutido y aprobado en Sala de 28 de marzo de 2012)


Ref. Exp. 05001-22-03-000-2012-00231-01


Decide la Corte la impugnación interpuesta frente al fallo de 27 de febrero de 2012, emitido por la Sala Civil del Tribunal Superiordel Distrito Judicial de Medellín, que negó la tutela iniciada por Delio Ernesto Escobar Cossio contra el Juzgado Doce Civil del Circuito de esa ciudad, trámite al cual se citaron a Ana Rosa Zapata Marín, Verónica Gómez Zapata e Inspección de Policía Urbana Permanencia Uno, Turno Dos de la misma localidad.

ANTECEDENTES

1. El apoderado del gestor, quien deprecó salvaguarda de los derechos aldebido proceso y petición solicitó ordenar a la autoridad jurisdiccional acusada lo siguiente: a) “dar respuesta al derecho de petición (…) en los términos en que fue solicitado (…) no remitiendo a autos que dan cuenta de la comisión ni que el derecho de petición fue extemporáneo porque (…) no tiene términos para solicitarse”; b) “conceder los recursos de reposición y apelación para aclarar lostérminos de entrega y restitución del bien inmueble”; y, c) “conceder el recurso de apelación como fue concedido por la comisionada según la diligencia de entrega del bien inmueble realizada el día domingo 22 de enero de 2012” (folio 3).

Para soportar lo deprecado adujo que en el proceso divisorio que Ana Rosa Zapata Marin promovió en contra de su mandante Delio Ernesto Escobar Cossio, pretendiendola venta en pública subasta del inmueble localizado en la carrera 52 B N° 8 sur-22 de Medellín, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 001-552571, el Juez Doce Civil del Circuito de esa ciudad, en auto de 31 de marzo de 2011, accedió a las súplicas de la demanda y el 13 de octubre siguiente, celebró diligencia de remate de esa heredad en la que adjudicó el bien a Verónica Gómez Zapata,por intermedio de la actora como apoderada general de ésta, acto que fue aprobado en proveído de 21 del mismo mes y año (folio 1), por lo que el 24 de noviembre ordenó “comisionar al señor Inspector Municipal de Policía (reparto) de esta ciudad, para que procede a la entrega del inmueble” (folio 1).

Aseveró que la Inspección Urbana de Policía Permanente Uno, Turno Segundo de la localidadcitada remitió aviso a su poderdante informándole que la “restitución del bien inmueble” se llevaría a cabo el 23 de diciembre de esa anualidad; sin embargo, esta no pudo realizarse debido a que “Escobar Cossio” inició frente a la funcionaria comisionada acción de tutela que negó el Juzgado Cuarto Penal Municipal, en fallo de 30 de “diciembre de 2011”, decisión que confirmó el Juzgado Sexto Penal delCircuito, el 9 de febrero de 2012, al resolver la impugnación que se interpuso.
Informó que el 22 de enero de 2012 se hizo la entrega del “inmueble” a la rematante sin admitir la oposición que el demandado presentó alegando tener la condición de arrendatario del bien raíz donde funcionaba el establecimiento de comercio “Taller Especialista Daewoo”.

Expuso que como la Inspectora practicó una“restitución de inmueble” y el Juez de conocimiento en los autos de 16 y 24 de noviembre de 2011 y 12 de “enero de 2012” hizo referencia fue a una diligencia de “entrega”, pidió a aquél aclaración de éstos y, en proveído de 1º de febrero del presente año, no accedió a tal pedimento, con el argumento de que “no se” formuló “dentro del término oportuno”.

Manifestó que frente a tres memoriales radicadospor su mandante el Juzgado acusado, en providencia de 14 “de febrero” de la anualidad en curso, adoptó las siguientes decisiones: a) “El derecho de petición se remite a los autos que dan cuenta de la comisión para la diligencia de entrega y a la solicitud de aclaración que fue extemporánea”; b) “Del recurso de reposición y apelación, se observa que no se sustenta el primero y el segundo no...
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