051 10 BN Plazo Para Resolver Solicitudes De Ampliaci N De Plazo Y Adicionales De Obra
Entidad: Banco de la Nación
Asunto: Plazo para resolver solicitudes de ampliación de plazo y adicionales de obra
Referencia: CARTA EF/92.2730 Nº 023-2010
1.ANTECEDENTES
Mediante el documento de la referencia, el gerente del Departamento de Asesoría Jurídica del Banco de la Nación formula varias consultas sobre el plazo para resolver las solicitudes de ampliaciónde plazo y adicionales de obra formuladas por los contratistas.
Antes de iniciar el desarrollo del presente análisis, es necesario precisar que las consultas que absuelve este Organismo Supervisor sonaquellas referidas al sentido y alcance de la normativa sobre contratación pública, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos, deconformidad con lo dispuesto por el inciso i) del artículo 58° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 (en adelante, la “Ley”) y la Segunda DisposiciónComplementaria Final de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF (en adelante, el “Reglamento”).
En ese sentido, las conclusiones de la presente opinión no se encuentran vinculadasnecesariamente a situación particular alguna.
2. CONSULTAS Y ANÁLISIS
2.1 “¿Resulta de carácter obligatorio que las entidades públicas notifiquen sus resoluciones mediante las cuales se pronunciansobre las solicitudes de ampliaciones de plazo y adicionales de obra, en el mismo plazo con el que cuentan para su emisión?”
2.1.1 El artículo 201º del Reglamento1 establece las disposicionesaplicables a la ampliación del plazo contractual, entre estas, el plazo con el que cuenta la Entidad para pronunciarse sobre la solitud de ampliación formulada por el contratista.
Así, el referido artículoestablece que la Entidad debe emitir la resolución mediante la cual se pronuncia sobre la solicitud de ampliación del plazo contractual, dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción del...
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