051_ROF_Servir
Páginas: 16 (3803 palabras)
Publicado: 22 de octubre de 2015
B?'J
F
LBli'?i¿i
"ir"'
fr" tenido a la vista
9"t*a
%**z-2*-*'r
y Funcionesde la
ApruebanReglamentode Organización
AutoridadNacionaldel ServicioGivil
EL PRESIDENTE
DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, medianteDecretoLegislativoNo 1023del 22 de Juniode 2008,
creó a la AutoridadNacionaldel ServicioCivil:
con la novenadisposición
Que, de conformidad
complementaria
final
delDecretoLegislativo
No1023,
se disponequeen un plazode g0 díashábiles,
se
que requierael DecretoLegislativo;
deberánaprobarlas normasreglamentarias
Que,de acuerdoal artículo28, numeral2) de la Ley No 29158- Ley
Orgánícadel Poder Ejecutivo,los OrganismosPúblicos cuentan con un
y funciones
Reglamento
de Organización
aprobadopor DecretoSupremocon
nel
votoaprobatorio
del Consejode Ministros;
Que, siendounanuevaEntidad,la Autoridadrequierede sus respectivos
documentos
y funciones
de gestión,entreellos,el que desarrolle
su organización
con el fin de contribuir
con el logrode los objetivos
fijadospor la Alta
estratégicos
Dirección,debiendoutilizarsecomo un medio pqra efectuarel procesode
dirección,ejecucióny controlde las actividadesque corresponden
a dicha
entidad.
Con la opiniónfavorablede la SecretaríadeGestiénPúblicade la
por la
Presidencia
del Consejode Ministrosy de conformidad
con lo establecido
Ley No29158,LeyOrgánicadel PoderEjecutivo,
el DecretoLegislativo
No1023y
en el DecretoSupremoNo043-2006-PCM;
Conef votoaprobatorio
del Consejode Ministros;
; . . ¡D r e s e n t ed o c u m e n t c
C O P I AF I E L D E L O R I G I N A I '
oue he tenido a la vrsta
Y/-rt
't-"t.
, . . . . . . . . . . , . .. . . . . . . ./ .. . j r . . . . . . ' .
"'
E d u a r d oJ u a n F l o é s N o r i e g a
FEDATARIO
de Ministros
del Conseio
Presidencra
2 2 Íi[:
Fecha:..........
Ztj.]t
DECRETA:
y Funciones
Artículo1.-Aprobacióndel Reglamento
de Organización
de la AutoridadNacionaldel ServicioCivil
Funciones- ROF de la
Apruébaseel Reglamento
de Organización.y
AutoridadNacionaldel ServicioCivil,el cualconstade 8 (ocho)títulos,26
y 4 (cuatro)
(veintiseis)
finales.
artículos
disposiciones
complementarias
Artículo2.-Disposiciones
Complementar¡as
Nacionaldel ServicioCivil
Facúltese
al Titulardel Pliegode la Autoridad
paraque dispongalas medidasnecesarias
paraimplementar
de
el Reglamento
y Funciones.
Organización
Articulo3.-Publicación
El presenteDecretoSupremoserá publicadoen el Diario Oficial El
- ROFde la Autoridad
y Funciones
Peruano.El Reglamento
de Organización
Nacionaldel ServicioCivil aprobadopor el artículo1 del presenteDecreto
y en
Supremoserápublicado
en el Portaldel EstadoPeruano(www.peru.gob.pe)
Nacional
del ServicioCivil.
el PortalInstitucional
de la Autoridad
Articulo4.-Vigencia
El presenteDecretoSupremoentraráen vigenciaa partirdel día
publicación
institucionales.
de su
enlosportales
Artículo5.- Refrendo
El presenteDecretoSupremoserá refrendadopor el Presidentedel
de Ministros.
Consejo
COMPLEMENTARIAS
DISPOSICIONES
TRANSITORIAS
Primera DisposiciónComplementariaTransitoria.-Transferenciade
acervodocumentarioy bienesdel Consejode la Ordendel ServicioCivil
En un plazono mayorde sesenta(60)díashábilescontadosa partirde la
designacióndel GerenteGeneralde la Autoridad,elMinisteriode Justicia
y bienesque corresponden
al
transferirá
a la Autoridadel acervodocumentario
Consejode la Ordendel ServicioCivil.
presentedocumentoes
. El
COPIA
F I E LD E L O R I G I N A I . '
q u e h e t e n , d oa l a v i s t a
FEDATARIO
delConsejo
de Ministros
, Presidencia
,".n.,,..?..?...1.!..I.,..1
.
@r*"*
SegundaDisposiciónComplementaria
Transitoria.-Plazo para la
elaboracióndelCuadroparaAsignaciónde Personal
Otórguese
un plazode hastatreinta(30)díashábiles,
contados
desdela
designacióndel ConsejoDirectivo,para la elaboracióny presentación
del
CuadroparaAsignación
de Personal
de la Autoridad
Nacional
delServicio
Civil.
TerceraDisposiciónComplementaria
Transitoria.Publicaciónen el
PortalInstitucionalde ta Presidenciadel Gonsejode Ministros
En tantola AutoridadNacionaldel...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.