080 08 INPE Resoluci n del contrato 1 1
Consultante: Instituto Nacional Penitenciario (INPE)
Asunto: Resolución de contrato
Referencia: a) Oficio N.º 804-2008-INPE/18
b) Oficio N.º 821-2008-INPE/18
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1. ANTEDECENTES
Mediante los documentos de la referencia, el Director Regional de Lima del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), en adelante la Entidad, consulta si se puede resolverel contrato por mutuo acuerdo, cuando este no contiene una cláusula de reajuste de precios.
2. CONSULTA Y ANÁLISIS1
La Entidad formula literalmente la siguiente consulta:
“¿Procede resolver un contrato por mutuo acuerdo, considerando que no se ha aprobado la solicitud de reajuste de precios por no haberse contemplado en cláusula alguna dicho reajuste y considerando además que existerealmente alza de precios en los productos para la elaboración del objeto del contrato?”.
Sobre el particular, cabe señalar lo siguiente:
2.1. Mediante la celebración del contrato, el contratista se compromete a ejecutar la prestación a su cargo, que puede consistir en la entrega o suministro de bienes, la prestación de un servicio o la ejecución de una obra y la Entidad se obliga a ejecutar sucontraprestación que, esencialmente, consiste en retribuir económicamente al contratista por su prestación. En virtud de ello, el contrato se entiende cumplido cuando ambas partes satisfacen oportuna y debidamente sus recíprocas prestaciones.
2.2. No obstante que el fenecimiento de la relación contractual mediante el cumplimiento íntegro de las prestaciones es la situación esperada en el ámbito de lascontrataciones públicas, no es la única forma en que puede darse por culminada la relación contractual. En efecto, una de las causas anormales de terminación de la relación contractual es la resolución del contrato.
Así, mediante la resolución del contrato se busca “dejar sin efecto la relación jurídica patrimonial, convirtiéndola en ineficaz de tal manera que ella deja de ligar a las partes enel sentido que ya no subsiste el deber de cumplir las obligaciones que la constituyen ni, consecuentemente, ejecutar las respectivas prestaciones”2.
2.3. Ahora bien, en el ámbito de las contrataciones gubernamentales, el artículo 45º de la Ley establece que el contrato puede ser resuelto por causas imputables a la Entidad, al contratista, o de mutuo acuerdo.
En este último supuesto —laresolución de mutuo acuerdo—, la Ley precisa que procede su aplicación siempre que concurran causas no atribuibles a las partes o por caso fortuito o fuerza mayor.
Es decir, no basta que las partes estén de acuerdo en resolver el contrato para que ello proceda; dicho acuerdo presupone la inexistencia de un incumplimiento de obligaciones imputable a alguna de las partes, pues, de otro modo, el mutuoacuerdo encubriría una infracción contractual que, en el ámbito de las compras públicas, podría acarrear, incluso, responsabilidades administrativas3.
Ahora bien, para efectos de la presente consulta interesa precisar cuáles son aquellas causas no imputables a las partes que pueden motivar que éstas den por terminado el vínculo contractual. En otros términos, debe precisarse cuándo procede laresolución de mutuo acuerdo por caso fortuito o fuerza mayor.
Al respecto, Felipe Osterling Parodi y Mario Castillo Freyre, refiriéndose al caso fortuito o fuerza mayor, mencionan:
“El incumplimiento de la obligación puede tener origen en causas independientes de la voluntad del deudor, extraordinarias, imprevisibles e irresistibles, dando lugar a lo que en Derecho se llama caso fortuito ofuerza mayor. En otras palabras el incumplimiento le es impuesto al deudor por un hecho ajeno a él, por lo que ya no es el autor moral de dicha inejecución; se configura de esta forma un supuesto de inimputabilidad, merced a la cual el deudor no será responsable por tal incumplimiento ni por sus consecuencias”4.
Nuestro Código Civil de 1984, a fin de esclarecer los conceptos para una mejor...
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