0practica 3 Tributario
Programa:
1. El deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos en el artículo 31.1. CE.
1.1. La generalidad de la imposición.
1.2. El principio de igualdad y la capacidad contributiva.
1.3. El principio de progresividad y la prohibición de confiscatoriedad.
2.El principio de justicia en el gasto: significado y alcance; la unidad del fenómeno financiero.
3. Legalidad en materia financiera:
3.1. Legalidad presupuestaria.
3.2. La reserva de ley en materia de deuda pública.
3.3. Reserva de ley en materia tributaria: fundamento y ámbito.
4. Otros principios constitucionales con incidencia en materia financiera. En especial, el principio de seguridadjurídica. El problema de la retroactividad de las normas tributarias.
Bibliografía:
MARTÍN QUERALT, J (2013): Curso de Derecho Financiero y Tributario. 24ª ed. Madrid: Tecnos.
PÉREZ ROYO, F. (2013): Derecho Financiero y Tributario. Parte General. 23ª ed. Madrid: Civitas.
Desarrollo de las clases presenciales.
Preguntas
1. El Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, establece una serie de beneficios fiscales para las empresas de reducida dimensión. Uno de esos beneficios se condiciona a que “la plantilla media total de la empresa se incremente respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores, y dicho incremento se mantenga durante un período adicional de otros veinticuatro meses”(artículo 109). ¿Plantea algún problema de constitucionalidad esta norma? En caso afirmativo, ¿Cómo justificaría la constitucionalidad de esta medida? (STC 37/1987, FJ 13).
Plantea un problema de constitucionalidad frente al articulo 31.1 CE
Artículo 31
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en losprincipios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
Este beneficio fiscal contradice el principio de igualdad que inspira sistema tributario justo. Sin embargo, se encuentra a su vez justificado por el articulo 40.1 y 130.1, que defienden la realización una política para lograr el pleno empleo, asi como el progreso social y económico. El art 140 estableceque los poderes económicos poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos
2. Los artículos 56 y siguientes de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas regulan el mínimo personal y familiar. En particular, el artículo 58 cuantifica el mínimo por descendientes, condicionando su aplicación a que el descendiente sea menor de 25 añoso sufra discapacidad, a que conviva con el contribuyente y a que no tenga rentas anuales (excluidas las exentas) superiores a 8000 euros. ¿Cree que esta norma puede afectar a alguno de los principios constitucionales? Consulte la STC 19/2012 de 15 de febrero de 2012 (FJ. 5º).
Para el Tribunal Constitucional el requisito de la convivencia de los descendientes menores de 25 años, necesariopara poder reducirse el correspondiente mínimo familiar, vulnera el principo de igualdad, al otorgar un trato desigual que no está justificado, a aquellos contribuyentes cuyos descendientes conviven con ellos, dependiendo económicamente de los mismos, frente a aquellos otros contribuyentes cuyos hijos no conviven con ellos por la razón que sea, pero que también dependen económicamente de los mismos.
Parael Tribunal estaría justificada la diferencia de trato entre los contribuyentes que conviven con sus hijos y los contribuyentes separados o divorciados que satisfacen una pensión alimenticia a los hijos por decisión judicial, ya que estos últimos tienen el beneficio fiscal de ver reducida la progresividad del impuesto por la aplicación separada de la escala de gravamen al importe de la...
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