1. La legislación de relaciones del trabajo
La actividad sindical comienza en la segunda mitad del siglo XIX. En el 1898 se constituye la Federaciónregional de Trabajadores. El fundador fue Santiago Iglesia Pantín.
Al aprobarse la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 130 de 8 mayo de 1945. Reconoció a las uniones obreras y lasnegociaciones colectivas en el sector privado y las corporaciones públicas.
En la aprobación de la constitución de Puerto Rico, le concedieron el rango constitucional al derecho de los empleados de lasempresas privadas y de agencias o instrumentalidades del gobierno que operen como negocio privados, a organizarse y negociar colectivamente con sus patronos por mediación de representantes de su propiay libre selección.
La Ley Núm. 45 de 25 de febrero de 1998, le concedieron el derecho a organizarse y negociar colectivamente a los empleados del sector publico, en las agencias tradicionales delgobierno central de Puerto Rico que no apliquen en la Ley Núm. 130.
El Derecho Laboral se compone de cinco (5) subdivisiones que componen el mismo.
1. La legislación de relaciones del trabajo –cubre lo relacionado con la organización de las uniones obreras, las negociaciones colectivas, el derecho a la huelga y los organismos que entiende en estas funciones.
2. La legislaciónprotectora del trabajo – Cubre los derechos de los empleados ante el patrón en los casos que no existe un convenio colectivo entre las partes. Aplica a empleados del sector privados y las corporacionespúblicas que operan como empresas privadas.
3. La legislación de personal – Cubre los derechos ante el patrono de los empleados de las agencias tradicionales del Gobierno municipal y Federal de PuertoRico.
4. La legislación de seguridad social del trabajo – Cubre los derechos de los obreros antes organismos gubernamentales o privados, que surgen virtud de disposiciones legales que...
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