10 de junio de 2011 VIGENCIA
Decreto a partir 10 de junio de 2011 Juan Manuel Santos
Vigencia de 10 años
Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia yreparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.
a. Asistencia en salud, educación, funebreEn esta ley el gobierno reconoce a las víctimas por la tantola victima deja un lado su papel de invisible y se le reconoce frente a la sociedad y el derecho a la verdad, justicia y reparación.
Victima
Aquella persona que individual o colectivamente allásufrido algún daño a consecuencia de la vulneración de los derechos humanos ocurridos a partir del 1 de enero de 1985 en el conflicto armado interno
Ya sea: masacres, desplazamientos, homicidiosmasivos, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, secuestros, reclutamiento infantil, violaciones sexuales, minas, despojo de tierras.
Incluye al conyuge, padres parejas del mismo sexo hijos ehijas (El dinero se pone en una fiducia y solo acceden a él al alcanzar la mayoría de edad.
Tiene en cuenta que las victimas son muy diversas por lotanto Hay un especial interés que le brindan laley a los pueblos indígenas, afrodescendientes, raizales, palanqueros, mujeres adultos mayores a través de herramientas jurídicas propias
principiosDignidad
Buena Fe Igualdad
Garantía delDebido Proceso
Justicia Transicional
Participación Conjunta
Respeto mutuo
Obligación de Sancionar a los Responsables
Progresividad
Sostenibilidad
Prohibición de Doble reparación o compensaciónAcción de Repetición y subrogación
Colaboración
1. Derecho a la verdad, justicia y reparación.
2. Derecho a acudir a escenarios de diálogo institucional y comunitario.
3. Derecho a serbeneficiario de las acciones afirmativas adelantadas por el Estado para proteger y garantizar el derecho a la vida en condiciones de dignidad.
4. Derecho a solicitar y recibir atención humanitaria.
5....
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