11 112866 Clausula De Permanencia Y Deber De Informacion

Páginas: 16 (3903 palabras) Publicado: 10 de julio de 2015
Radicado: 11-112866
Sandra Gisela Martín Martínez
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo,
damos respuesta a su comunicación radicada en esta Entidad con el número que se
indica en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la Consulta
Manifiesta en su escrito los inconvenientes que ha tenido con un proveedor de
servicios de telefonía móvil, por laaplicación de una nueva cláusula de permanencia
debido a la reposición de un modem, de lo cual no fue informado por el proveedor del
servicio.
A continuación nos permitimos suministrarle información relevante en relación con el
tema de la consulta, con el fin de brindarle mayores elementos de juicio al respecto. Lo
anterior, teniendo en cuenta que esta oficina mediante un concepto no puedesolucionar situaciones particulares.

2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio
De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta
Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el
Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el
cumplimiento de las normas sobre protección al consumidor, protección dela
competencia, administrar el sistema nacional de la propiedad industrial, así como
tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma, y conocer y decidir los
asuntos jurisdiccionales en materia de protección al consumidor y competencia
desleal.
3. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de
protección al consumidor
La Superintendencia de Industria y Comercio enmateria de protección al consumidor
cuenta con las siguientes atribuciones:
-

En virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 3523 de 2009, modificado
por el Decreto 1687 de 2010 (Artículo 1º, numeral 14), la Superintendencia de
Industria y Comercio está facultada para velar por el cumplimiento de las
normas sobre protección al consumidor, en particular, las contenidas en el
Decreto 3466de 1982 y las demás que regulan los temas concernientes a la

Al contestar favor indique el número
de radicación que se indica a continuación:
Radicación: NUMERADI - FECHRADI

Sede Centro: Carrera 13 No. 27-00 pisos 2, 5, 7 y 10 PBX: 5870000
Sede CAN: Av. Carrera 50 No. 26- 55 int. 2 Tel 5737020
Call Center 6513240. Línea gratuita Nacional 01800-910165
Web: www.sic.gov.co e-mail: info@sic.gov.coBogotá D.C. Colombia

calidad, la idoneidad y las garantías de los bienes y servicios, así como por la
verificación de la responsabilidad por el incumplimiento de las normas sobre
información veraz y suficiente e indicación pública de precios, entre otras.
-

Vigilar, en los términos establecidos en la ley, la observancia de las
disposiciones sobre protección a suscriptores, usuarios y consumidoresde los
servicios de telecomunicaciones.

-

Velar por el cumplimiento de los reglamentos técnicos sometidos a su vigilancia
y control.

-

Vigilar a los operadores y fuentes de información financiera, crediticia,
comercial y de servicios y la proveniente de terceros países con idéntica
naturaleza, conforme a la ley de Habeas Data (Ley 1266 de 2008).

-

En facultades jurisdiccionales puedeconocer y decidir los asuntos de
protección del consumidor contenidos en el Art. 145 de la Ley 446 de 1998.

3.1. Atribuciones de la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de
servicios de telecomunicaciones
De acuerdo con las atribuciones conferidas a la Superintendencia de Industria y Comercio por
el Decreto 3523 de 2009, modificado por el Decreto 1687 de 2010 entre otras funciones,corresponde a esta entidad: “ 22. Velar en los términos establecidos en la ley por la
observancia de las disposiciones sobre protección a suscriptores, usuarios y consumidores de
los servicios de telecomunicaciones y dar trámite a las quejas o reclamaciones que se
presenten; resolver los recursos de apelación o queja que se interpongan contra las
decisiones adoptadas en primera instancia por los...
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