11 La Aplicacion Del Principio De La Armonizacion Completa
ARMONIZACIÓN CONCRETA EN LA
SOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE
DERECHOS FUNDAMENTALES
Nelson Hemández Meza*
Resumen
La coalición entre derechos fundamentales o principios constitucionales demandan una interpretación por parte del juez constitucional que al aplicar un bien constitucionalmente protegido
no implique la paralela eliminación de otro. Con fundamento en
lainterpretación hecha al artículo segundo de la Constitución
por parte de la Corte Constitucional, esta corporación ha elaborado a través de su jurisprudencia el principio de la armonización concreta, que realiza una ponderación de los bienes constitucionales enfrentados en el caso concreto. De modo que al
aplicar un bien constitucionalmente protegido por la carta, el/o
no implique la correlativaparalela eliminación de otro.
Palabras clave: Armonización concreta, principios.
Abstract
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The col\ision between fundamental
rights and
constitutional principies asks fue constitutional judge an
interpretation in order not to eliminate a good when
applying a constitutionally protected one. Based on the
interpretation of the Article two of fue Constitutionmade
by fue Constitutional Court, fuis entity has made the
principleofconcrete harmonization. This principleweighs
fue confronted constitutional goods in a concrete case, in
sucha wayfuatwhenapplyinga constitutionallyprotected
good, this action does not involve the correlative parallel
elimination of fue ofuer.
Key words: Concrete Harmonization, principies .
•.Estudiante de 1(1°semestre del Programade Derecho, Universidad del Norte.
n_hernandez@starmcdia.com
198
REVISTA DE DERECHO, UNIVERSIDAD DEL NORTE,
'9: 198-223,
2003
PRESENTACIÓN
El problema hermenéutico suscitado por la existencia de derechos fundamentales que tienen igual validez para su aplicación en un caso concreto
y la prohibición de no desechar ninguno de los bienes contrapuestos que
constitucionalmente están protegidospor la carta de los derechos, presenta un interrogante para la Corte Constitucional, como intérprete de la
Constitución, de acoger dentro del texto constitucional una solución que
esté reconocida por la norma fundamental para no vulnerar su contenido
en su labor.
Es de esta manera como a partir de un principio inspirador de las
funciones del Estado Social de Derecho la Corte encuentra salida a estadifícil cuestión, pues, en atención al artículo segundo de la«' norma normarun
el tribunal constitucional encuentra que para hacer cumplir los fines del
Estado y garantizar la máxima efectividad de los principios, derechos y
deberes consagrados por la Constitución es necesario aplicar una solución
que armonice los derechos contrapuestos. Puesto que no puede el intérprete desconocer un derecho queestuviera igualmente reconocido por la
Constitución para tomar en cuenta a otro derecho de igual jerarquía.
A la luz de este artículo, para garantizar la máxima efectividad de los
derechos, el intérprete de la Constitución no debe hacer otra cosa que
ponderar los bienes protegidos por la Constitución, cuando ellos se encuentren enfrentados entre sí, con objeto de optimizar y garantizar la
máximaefectividad de cada uno de los bienes contrapuestos.
La aplicación del principio de la armonización concreta frente a un conflicto de normas de esta naturaleza, supone una relación de preponderancia
alterna entre los derechos fundamentales señalados por la Constitución. La
cual no es constante sino de alternancia en una constante búsqueda de
equilibrio entre los bienes sujetos a la aplicación delprincipio cuando ellos
se encuentren en pugna.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
La coalición entre bienes jurídicos de igual jerarquía representados en la
contraposición de derechos constitucionales fundamentales o entre principios orientadorei> del texto constitucional parecería conflictos de infrecuente ocurrencia. Pero estos conflictos son menos extraños al interior del
ordenamiento constitucional...
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