121228 2 IMPORTACION TEMPORALTaladro opcion compra y exportacion
Apreciado Andrea:
Las conclusiones a las que llegamos de la información recibida son:
I. Sí se ejerce la opción de compra
Si se ejerce la opción de compra debe tenerse en cuenta lo siguiente:
i) Es la matriz quien debe ejercer la opción de compra y aporte el taladro a la sucursal.
ii) Siendo Petreven Sucursal Colombia una sucursal del régimen cambiario especial, podrá contabilizar esteaporte como inversión suplementaria al capital asignado.
iii) Esta sería una importación no reembolsable por lo que no se requeriría flujos de caja desde la sucursal al exterior.
iv) De esta forma, las siguientes partidas integrarían el costo fiscal del taladro:
a) El valor de la opción de compra;
b) El IVA pagado en la importación;
c) Los repuestos mayores que prolonguen la vida útil deltaladro y no correspondan a simple mantenimiento (i.e. los generadores); y
d) Los diferidos que con criterio comercial sean necesarios para poner en funcionamiento el taladro con ocasión de las reparaciones mayores mencionadas en el literal anterior.
Una vez adquirido el taladro, por ejercer la opción de compra, la sucursal podría exportarlo definitivamente o de manera temporal.
1. Exportacióndefinitiva
1.1. La exportación definitiva esencialmente implicaría la venta del taladro a un no residente en Colombia.
1.2. Esta venta se haría entre vinculados económicos y por tanto estaría sujeta al régimen de precios de transferencia.
Como no se cuenta con un valor de referencia, se requiere hacer un avalúo para determinar el precio de venta aceptable por la DIAN.
1.3. La diferencia entre elprecio de venta y el costo fiscal, estaría gravado con impuesto de renta.
1.4. Los diferidos por amortizar que no se puedan integrar al costo, tendrían que cancelarse contablemente pero no serían deducibles fiscalmente.
1.5. Por la compra de los generadores de energía se solicitó la deducción de activos fijos reales productivos. En caso de una venta, se producirá una renta líquida de COP $ 79millones.
1.6. Existe la obligación de reintegrar al país el precio de la exportación.
1.7. La sucursal no tendría como remitir divisas a la matriz el producto de la venta del taladro, generándose un efecto de caja atrapada.
2. Exportación temporal
2.1. La exportación temporal esencialmente implicaría el arrendamiento del taladro a un no residente en Colombia.
2.2. Esta operación dearrendamiento se haría entre vinculados económicos y por tanto estaría sujeta al régimen de precios de transferencia.
Se requiere de un estudio para determinar el valor del canon de arrendamiento aceptable por la DIAN.
2.3. Por ser una exportación de servicios, no se generaría IVA en el arriendo pero debe registrarse el contrato de arriendo ante las autoridades tributarias.
2.4. Los cánones dearrendamiento constituirían renta gravable en Colombia para la sucursal.
2.5. Por tratarse de un activo fijo, sí puede depreciar y la depreciación se puede solicitar como deducción fiscal.
2.6. Los diferidos por amortizar que no se puedan integrar al costo, podrían seguirse amortizando y la amortización sería deducible fiscalmente.
2.7. Por no haber venta de los generadores de energía, no se produciríaninguna renta líquida.
2.8. No existe la obligación de reintegrar al país los pagos por arrendamiento.
2.9. La sucursal podría remitir a la matriz las divisas producto del arriendo del taladro, disminuyendo la inversión suplementaria.
II. No se ejerce la opción de compra
1. Exportación definitiva
1.1. Al no ser la sucursal propietaria del taladro no existirá venta y por tanto no habráobligación de reintegrar divisas al país.
1.2. El IVA pagado en la importación deberá registrarse como un gasto, no deducible del impuesto de renta.
1.3. Tal contabilización afectará el resultado del ejercicio que a su vez tendrá incidencia en el estudio de precios de trasferencia, pudiendo afectar los precios de otras operaciones entre empresas del grupo.
1.4. Al exportarse el taladro como una...
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