134278479 Norma Sobre Gestion De Riesgo Crediticio
Publicos de Nicaragua
Norma Sobre Gestión de Riesgo
Crediticio
Agosto 12, 2009
Considerando…
Que la evaluación y clasificación oportuna de los activos de
riesgo de las Instituciones financieras constituye el
instrumento
más
apropiado
para
determinar
preventivamente la solvencia de las mismas;
Que son las mismas Instituciones Financieras supervisadas
las que deben llevar acabo la evaluación y clasificación de
sus activos de riesgo conforme a los criterios y métodos
establecidos por la Superintendencia, crear y contabilizar las
provisiones para que se reflejen debidamente en el
patrimonio de las respectivas Instituciones
Comentarios..Considerando
Porqué la SIB, si su razón de ser es garantizar los
depósitos del publico, viene a revisar la cartera. ?
Porquelos Bancos en su negocio de intermediación
financiera toman los depósitos del publico y lo colocan
en prestamos o inversiones.
Los prestamos, tienen que tener una calidad que
garantice el retorno, de modo tal que los Bancos puedan
honrar en cualquier momento a sus depositantes.
Una mala cartera de crédito significa que no habrá
retorno de los depósitos y el Banco presentara
INSOLVENCIA.Conceptos…
Activos de riesgo: Se entenderán como activos de
riesgo todas las operaciones de cartera de créditos y
contingentes que de alguna manera signifiquen
financiamientos directos o indirectos a favor de
personas naturales o jurídicas.
También se
considerarán activos de riesgos, los bienes
adjudicados, la cartera de inversiones y las cuentas por
cobrar
Conceptos…
Clasificación de lacartera: Es la acción de analizar y
evaluar el nivel de recuperabilidad del conjunto de
créditos de cada deudor, incluyendo las operaciones
contingentes que correspondan y cualquier otra
obligación que éste tenga con la institución.
Riesgo de crédito: Pérdida potencial por la falta de
pago de un deudor o contraparte en las operaciones
que efectúan las instituciones.
Conceptos…
Riesgo cambiariocrediticio: Posibilidad de afrontar
pérdidas derivadas de incumplimientos de los
deudores en el pago de sus obligaciones crediticias
producto de descalces entre sus exposiciones netas en
moneda extranjera por variaciones en el tipo de
cambio.
Objeto de la Norma.
Establecer las disposiciones mínimas sobre la gestión
de riesgos con que las instituciones deberán contar
para identificar, medir,monitorear, limitar, controlar,
informar y revelar el riesgo de crédito.
Establecer las pautas mínimas para regular la
evaluación y clasificación de los activos de riesgos
según la calidad de los deudores.
Determinar
los requerimientos mínimos de
provisiones de acuerdo a las pérdidas esperadas de los
respectivos activos.
AGRUPACIONES PARA LA CLASIFICACIÓN
DE LA CARTERA DE CRÉDITOS
Arto. 5,Agrupaciones.
Para evaluar la cartera de créditos se conformarán
cuatro
agrupaciones, que deberán ser tratadas separadamente
conforme a los criterios que a continuación se señalan:
•
AGRUPACIONES PARA LA CLASIFICACIÓN
DE LA CARTERA DE CRÉDITOS
CRITERIOS MÍNIMOS PARA LA EVALUACIÓN DEL DEUDOR
• Arto. 6. Criterios de evaluación para créditos de consumo e
hipotecario para vivienda.-
• Previo alotorgamiento de créditos de consumo e hipotecario para
vivienda, se analizará la capacidad de pago en base a los ingresos del
solicitante, su patrimonio neto, las cuotas y saldo de sus diversas
obligaciones, así como, mediante consulta a la Central de Riesgos de
la Superintendencia u otros antecedentes complementarios que
permitan estimar la calidad del conjunto de las obligaciones del
deudorsujeto de evaluación, tales como la información del historial
crediticio del deudor de centrales de riesgo privadas que tenga a su
disposición la institución financiera.
CRITERIOS MÍNIMOS PARA LA EVALUACIÓN DEL DEUDOR
• Arto 7. Criterios de evaluación para los microcréditos.• Previa al otorgamiento de un préstamo de microcrédito, la institución
financiera deberá efectuar una evaluación exhaustiva...
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