138 CCyCN Libro 3 Titulo III Cap 2 Arts 1096 A 1103
LIBRO TERCERO. DERECHOS PERSONALES
TITULO III CONTRATOS DE CONSUMO
CAPÍTULO 2. FORMACIÓN DEL CONSENTIMIENTO
Comentario de Martín SIGAL
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación. Dir: Graciela Medina, Julio C. Rivera. Cord: Mariano Esper.
Editorial La Ley 2014.
Sección 1ª - Prácticas abusivas. Por Martín Sigal
Art. 1096. Ámbito deaplicación
Art. 1097. Trato digno
Art. 1098. Trato equitativo y no discriminatorio.
Sección 2ª - Información y publicidad dirigida a los consumidores
Art. 1099. Libertad de contratar.
Art. 1100. Información.
Art. 1101. Publicidad
Art. 1102. Acciones
Bibliografía clásica: Kiper, Claudio M., "Discriminación y Responsabilidad Civil”, RCyS, 2011 - v, 3; Maurino, Gustavo, "Pobreza - discriminación, Laprotección constitucional para los más humildes”, en Alegre, Marcelo -Gargarella, Roberto (Coord.), El derecho a la igualdad. Aportes para un constitucionalismo
igualitario, Lexis Nexis, Buenos Aires, 2007; Sozzo, Gonzalo, "Derecho a la
dignidad en las relaciones de consumo" , Revista de Derecho Privado y Comunitario , 2009 - I; Vázquez Ferreyra, Roberto A. , " El trato digno en la ley de
defensa delconsumidor" , LA LEY del 04/9/2012, 1, LA LEY, 2012 - E, 1353.
Art. 1096. Ámbito de aplicación. Las normas de esta Sección y de la Sección
2ª del presente Capítulo son aplicables a todas las personas expuestas a las
prácticas comerciales, determinables o no, sean consumidores o sujetos equiparados conforme a lo dispuesto en el artículo 1092.
I. Relación con la LDC. Fuentes del nuevo texto
La LDCpreveía la figura del consumidor expuesto a la relación de consumo
que fue eliminada por las Normas Complementarias (remitimos al comentario al
art. 1092).
La fuente directa de este artículo es el art. 29 del Código de Defensa de Consumidor de Brasil (según lo expresado en los Fundamentos del Anteproyecto).
II. Comentario
De la lectura de los Fundamentos del Anteproyecto se entiende que la figura
delconsumidor expuesto prevista en la LDC ha sido mantenida para quienes
estuvieran expuestos a prácticas comerciales abusivas. Sin embargo, esto no
surge con claridad de la redacción de la norma.
Esta establece que las disposiciones de las Secciones 1ª y 2ª son aplicables a
"todas las personas expuestas a las prácticas comerciales, determinables o no"
, sin embargo, luego aclara " sean consumidoreso sujetos equiparados conforme a lo dispuesto en el artículo 1092" . Cabe recordar que el consumidor
expuesto no es consumidor, ni es sujeto equiparado conforme a lo dispuesto en
el art. 1092 del CCyCom, tal como fue explicado en el comentario a dicha norma. Por ello en el texto de este artículo no se refleja la intención declarada en
los Fundamentos, toda vez que, atento a su redacción, no quedaincluido el
consumidor expuesto.
Sobre la base de la claridad de los Fundamentos y de que la interpretación literal del artículo implicaría que esta sección se aplica a los mismos sujetos que
integran la relación de consumo (lo que sería redundante), entendemos que
debe interpretarse que esta Sección se aplica a todas las personas expuestas
a las prácticas comerciales.
Sin perjuicio de ello, sobrela discusión acerca de la aplicación del resto de la
LDC a los consumidores expuestos, remitimos al punto 3.5. del comentario al
art. 1092.
Art. 1097. Trato digno. Los proveedores deben garantizar condiciones de
atención y trato digno a los consumidores y usuarios. La dignidad de la persona
debe ser respetada conforme a los criterios generales que surgen de los tratados de derechos humanos. Losproveedores deben abstenerse de desplegar
conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.
I. Relación con la CN y la LDC. Fuentes del nuevo texto
El art. 42 de la CN, consagra los derechos fundamentales del consumidor, entre los que se encuentran el trato digno y equitativo. Por su parte, en el art. 8
bis de la LDC, se establece que " los...
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