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PROYECTO DE DECLARACION
LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECLARA
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a través delorganismo que corresponda, arbitre todos los medios a su disposición y coordine acciones con la Dirección de Planeamiento de la Municipalidad de Pinamar, a los efectos de revertir la situación deinaccesibilidad a la que se encuentran sometidos los ciudadanos que padecen alguna discapacidad motriz.
Particularmente, se vería con agrado contemplar la inaccesibilidad de las personas discapacitadas a losbalnearios que constituyen el principal atractivo turístico del partido de mención en cumplimiento con la normativa vigente.
FUNDAMENTOS
Una de las características sobresalientes de Pinamar es lagran cantidad de desniveles y escaleras que existen no sólo en las veredas, sino también, en los edificios públicos.
El principal atractivo de la localidad es el mar y, paradójicamente, tanto playaspúblicas como privadas, están vedadas para todas aquéllas personas con discapacidades motrices.
Las barreras naturales, médanos o las producidas por el hombre, dificultan o impiden el acceso hasta la mismaorilla del mar a aquellas personas con capacidades diferentes.
La Ley Nacional 24.314 del 15 de Marzo de 1994, modificatoria de la Ley 22.431, en su artículo 20 establece "la prioridad en lasupresión de las barreras físicas en los ámbitos urbanos arquitectónicos y del transporte que se realicen o en los existentes que remodelen o sustituyan en forma total o parcial sus elementos constitutivos conel fin de lograr la accesibilidad para las personas con movilidad reducida".
La Ley provincial 10.592 establece el régimen jurídico básico e integral para las personas discapacitadas. El capítulo Vde la mencionada normativa se refiere específicamente a los transportes e instalaciones, legislando sobre la eliminación de barreras arquitectónicas en edificios de uso público y viviendas...
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