16_sentencia_ezquiaga

Páginas: 26 (6386 palabras) Publicado: 2 de noviembre de 2015
Apéndice B
Las sentencias interpretativas1
Frecuentemente se considera que, por definición, las sentencias
interpretativas deben ser siempre sentencias desestimatorias, es decir, que
deberían partir de la conformidad con la Constitución de la disposición,
limitando su pronunciamiento a las normas que de ella puedan obtenerse,
bien indicando el sentido en el que debe ser entendida necesariamentela
disposición, bien indicando el sentido en el que ésta no puede entenderse. 2
En el primer caso el Tribunal Constitucional está fijando la única norma
que puede obtenerse para mantener la constitucionalidad de la disposición
(o dicho de otro modo, está declarando la inconstitucionalidad de todas
las demás normas que puedan deducirse de esa disposición) y, en el segundo, está declarando lainconstitucionalidad de una de las normas expresadas por la disposición para mantener la constitucionalidad de ésta.
Esta es la concepción de las sentencias interpretativas del Tribunal Constitucional según sus propias palabras, aunque, como se verá a continuación, su práctica la ha excedido con creces. Desde muy temprano el Tribunal
entendió que sentencias interpretativas son “aquellas que rechazan unademanda de inconstitucionalidad o, lo que es lo mismo, declaran la constitucionalidad
de un precepto impugnado en la medida en que se interprete en el sentido que
el Tribunal Constitucional considera como adecuado a la Constitución, o
no se interprete en el sentido (o sentidos) que considera inadecuados”. 3
1 Publicado originalmente en F. J. EZQUIAGA GANUZAS, La producción jurídica y su
controlpor el Tribunal Constitucional, Ed. Tirant lo blanch, Valencia, 1998, pp.226-280.
2 La misma consideración la realiza M. GASCÓN ABELLÁN, “La justicia constitucional:
entre legislación y jurisdicción”, en Revista Española de Derecho Constitucional, nº 41, 1994,
pp. 70 y 71.
3 STC 5/1981, de 13 de febrero, f.j. 6 (la cursiva es añadida). Son muchas las sentencias
posteriores que han confirmado esteconcepto. Por citar una reciente, en la STC 341/
1993, de 18 de noviembre, f.j. 2, se vuelve a insistir en que “el fundamento de todo
pronunciamiento interpretativo está en el principio de conservación de la Ley y en la
exigencia de su interpretación conforme a la Constitución”. Para ampliar la concepción
del Tribunal Constitucional sobre las sentencias interpretativas, vid. F. J. EZQUIAGA: Laargumentación en la justicia constitucional española, cit., pp. 111 y ss.; e íd., “Diez años de fallos
constitucionales”, en Revista Vasca de Administración Pública, nº 31, 1991, pp. 124 y ss.

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Francisco Javier Ezquiaga Ganuzas

Sin embargo, la misma práctica del Tribunal demuestra que caben
sentencias interpretativas en sentencias estimatorias, es decir, que declaran la inconstitucionalidad delprecepto impugnado.4 Realmente es lo
mismo declarar conforme con la Constitución una disposición, siempre
que se entienda de cierto modo (o siempre que no se entienda de cierto
modo), que declarar inconstitucional una disposición siempre que no se
entienda de cierto modo (o siempre que se entienda de cierto modo). 5
Este carácter intercambiable de los pronunciamientos interpretativos
del TribunalConstitucional lleva a prescindir, en el caso de las sentencias
interpretativas, del sentido del juicio de constitucionalidad (estimatorio
o desestimatorio). 6 Y tiene su lógica. La estimación o desestimación de
un recurso de inconstitucionalidad lleva aparejada la inconstitucionalidad
o la conformidad con la Constitución de disposiciones (y, eventualmente,
de documentos normativos). Sin embargo,cuando se trata de sentencias
interpretativas el objeto de la declaración de constitucionalidad son las
normas. En el caso de estas últimas, por tanto, parece más adecuado hablar de “declaraciones de inconstitucionalidad” de normas o de “declaraciones de conformidad con la Constitución” de normas, puesto que, por
un lado, ambos tipos de pronunciamientos no anulan la disposición y,
por otro,...
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