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LXII Legislatura Constitucional
Centro de Información e Investigaciones Legislativas (CIILCEO)
Unidad de Investigaciones Legislativas
PODER
LEGISLATIVO
Texto original del Decreto No. 2082, aprobado el 12 de noviembre del 2013 y publicado en el
Periódico Oficial Extra del 9 de diciembre del 2013
LA SEXAGÉSIMA PRIMERA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DELESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE OAXACA, APRUEBA:
DECRETA:
DECRETO 2082
LEY DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE OAXACA
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DEL OBJETO
ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de interés público y de observancia general en el Estado de
Oaxaca y tiene por objeto la planeación, regulación, administración, control y supervisión de la
prestación del servicio público detransporte en sus distintas modalidades, para que de manera
permanente, continua, uniforme e ininterrumpida se satisfagan las necesidades de la población.
Además de ordenar y regular en el Estado la movilidad de las personas y los medios para
desplazarse.
ARTÍCULO 2.- La aplicación de esta Ley y sus reglamentos corresponde al Gobernador del Estado,
por conducto de la Secretaría de Vialidad yTransporte, dependencia competente en el ámbito
administrativo para la interpretación de dichos ordenamientos; a falta de disposición expresa podrán
aplicarse los principios rectores señalados en esta Ley, los principios integradores e interpretativos
reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Oaxaca y los principiosgenerales del derecho, fomentando la
promoción de la participación social.
Los municipios intervendrán en el ámbito de su competencia, en la formulación y aplicación de
programas de transporte público y en la autorización de uso de suelo cuando se trate de su
territorio.
ARTÍCULO 3.- Para los efectos de la aplicación e interpretación de la presente Ley, se entiende por:
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H. Congreso del EstadoLibre y Soberano de Oaxaca
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PODER
LEGISLATIVO
I.
Ciclista: Persona que transita por las vías públicas del Estado y los Municipios a bordo de un
vehículo de tracción humana;
II.
Concesión: Acto administrativo por el cual el Gobernador del Estado autoriza a unparticular
para prestar el servicio público de transporte de pasajeros y de carga;
III.
Consejo Estatal: Consejo Estatal de Transporte Público y Vialidad;
IV.
Congreso: Congreso del Estado de Oaxaca;
V.
Despacho: Número de salidas programadas de los vehículos durante el horario de servicio
de la ruta;
VI.
Gobernador del Estado: El titular del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca;
VII.
Horario:Tiempo comprendido entre la hora de inicio y de terminación del servicio;
VIII.
Itinerario: Recorrido con movimientos direccionales de una ruta, desde su origen hasta su
destino y viceversa, así como las especificaciones operativas del servicio;
IX.
Movilidad: Acción de transportarse de un lugar a otro, en la que confluye el tránsito de
personas y vehículos dentro de las vías públicas delEstado y sus Municipios;
X.
Normas técnicas: Instrumentos y manuales de especificaciones técnicas que elaborará,
autorizará y publicará la Secretaría con el propósito de establecer obligaciones operativas en
la prestación de los servicios de transporte, tendientes a proporcionar seguridad al usuario y
el mejoramiento integral del transporte.
Registro Estatal: El Registro Estatal del Transporte;XI.
XII.
Reglamento: Disposición normativa expedida por el Gobernador del Estado, para el
cumplimiento de esta Ley;
XIII.
XIV.
Peatón: Persona que transita a pie por las vías públicas del Estado y sus Municipios;
Permiso: Acto administrativo por el cual, la Secretaría autoriza a un particular para prestar el
servicio especial de transporte;
XV.
Permiso provisional: Acto administrativo por el...
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