185 A MARIA CASTRO
CIUDADANO
JUEZ DEL JUZGADO DISTRIBUIDOR DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DEL ESTADO FALCON,
SU DESPACHO
Nosotros, LUIS ENRIQUE MEDINA GUERRERO y ROSA MARÍA CASTRO LÓPEZ, mayores de edad, domiciliados enPunto Fijo Municipio Carirubana del estado Falcón, cónyuges, y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.569.002 y V-11.768.901, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado enejercicio CHRISTIAN LETEO LIZARDO, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.479.683, e inscrito en Inpreabogado bajo Nº 140.641, ante Ud. respetuosamente ocurrimos y exponemos:
Según seevidencia de copia certificada de Acta de Matrimonio Nº 05, de fecha de 1991, Parroquia Carirubana, Municipio Carirubana del Estado Falcón, que acompañamos marcada "A", contrajimos matrimonio del día07 de Enero del año 1991, por ante La Junta Parroquial Carirubana, Municipio Carirubana del Estado Falcón.
Ahora bien, por cuanto desde el día de 05 de Noviembre del año 2005, en mutuo acuerdodecidimos separarnos de hecho, suspendiendo desde esa fecha la convivencia en común, así como todo nexo o comunicación que no sea única y exclusivamente para tratar los asuntos concernientes a nuestrodivorcio. En nuestra unión procreamos dos (2) hijas que tienen por nombre ROSAULEEN CHIQUINQUIRA MEDINA CASTRO y LEESMARUEEN MARÍA MEDINA CASTRO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-20.553.656 yV-19.880.791, respectivamente, quienes son mayores de edad, y no tenemos bienes en común y nuestro ultimo domicilio conyugal está ubicado en el Sector el Oasis, Calle 24, Casa 837-C, Municipio LosTaques del Estado Falcón.
Desde dicha fecha hemos estado viviendo en viviendas separadas, y no ha sido posible la reconciliación entre nosotros. En virtud de lo antes expuesto, de conformidad con loestablecido por el artículo 185-A del Código Civil, acudimos a su competente autoridad a los fines de que se sirva declarar la mencionada separación de cuerpos en divorcio. Rogamos al Tribunal admita...
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