2 taller de laboral
Declarar si a la relación laboral entre la señora ÁNGELA ISABEL ARANGO MESA y las empresas BANCOLDEX y FIDUCOLDE, le es aplicable la ley laboral colombianaen relación al principio lex loci solutionis.
6. posición crítica de los estudiantes en torno al problema jurídico central.
R/ta: considerando que el artículo segundo del códigosustantivo del trabajo es bastante claro en todos los casos y aun en circunstancias especiales, como quiera que sea tratado. Consideramos que no se dan las circunstanciasseñaladas por la jurisprudencia para considera que el servicio prestado en el extranjero se entiende regulado por la normatividad laboral colombiana, ni que ninguna de lasespecificaciones en el orbe del principio lex loci solutionis, que es el que rige en nuestro ordenamiento laboral, estuviera presente en los razonamientos de la accionante.
Por consiguienteinferimos que, cuando nos referimos al principio de lex loci solutionis, contenida en el artículo segundo del C.S.T. y que es fiel desarrollo del principio de territorialidad de laley, no es absoluta y admite algunas excepciones, a su aplicación, que permiten que, pese a que el contrato de trabajo no se ejecute en Colombia, se aplique la legislaciónlaboral del país, es una interpretación equivocada, puesto que no basta que se ejecute esa subordinación desde el país, sino que ésta se continué ejerciendo desde el territorionacional.
Quiere decir que el criterio jurisprudencial que demanda la accionante para su caso no puede aplicarse cuando el contrato de trabajo se ha celebrado en el extranjero y esallí donde ha ejecutado completamente, pues en tal evento no es posible aplicar la legislación laboral colombiana, así existan actos de subordinación ejercidos desde Colombia.
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