2005 10 24 MAT Scjn3a
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA, tres votos particulares, dos paralelos, uno de minoría y uno concurrente, relativos a la Controversia Constitucional 109/2004, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, en contra de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión (Continúa de la Segunda Sección)
(Viene de la página 39 de la Segunda Sección)
Por otra parte, laactora aduce que en la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, no existe ninguna razón lógica jurídica para que le sea negada la facultad de hacer observaciones, para establecer después, que al no reconocérsele ésta, la Cámara de Diputados interpretó erróneamente la Constitución y convalidó el desequilibrio entre poderes.
Estas afirmaciones las sustenta en un principioconstitucional de equilibrio de Poderes que no funda, ni por supuesto argumenta, por lo que de la misma inconsistencia de su afirmación deviene la improcedencia de los argumentos con los que pretende demostrar la inconstitucionalidad de los actos de esta Cámara de Diputados. El extremo del absurdo de su tesis se manifiesta cuando señala: “Así, el intérprete del texto constitucional debe resolver en sentidonegativo cuando exista una posibilidad, por más mínima que sea, de vulnerar este principio constitucional. De esta manera en todo momento debe prevalecer una interpretación que preserve y defienda el equilibrio de poderes”.
Supone, equivocadamente la parte actora, que la colaboración entre Poderes se manifiesta en la facultad del veto, y pretende abonar a ello, señalando: “en una cuestión tantécnica como lo es la integración del Presupuesto de Egresos de la Federación, es evidente que debe existir la colaboración a la que se ha hecho referencia (el veto para “defender” su iniciativa), pues la Cámara de Diputados no dispone de los datos ni de la infraestructura necesaria para, por sí sola, procesar toda la información que debe contener el Presupuesto de Egresos de la Federación”.
En síntesis,resulta inadecuado e infundado lo manifestado por la actora, bajo el numeral correlativo de su escrito de demanda, por las imprecisiones que cita y por la falta de sustento constitucional y legal. Lo cierto es que la facultad de ejercer el veto es una medida de oposición de un poder a otro, de tal manera que, de aplicarse en el proceso de aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federaciónrompería el principio de colaboración contenida en la fracción IV del artículo 74 constitucional, por lo que en lugar de favorecer el equilibrio de poderes, el reconocimiento del mismo tendría el efecto contrario.
5.- La formulación de observaciones al Presupuesto no contradice el mandato constitucional de anualidad.
El Ejecutivo afirma que reconocerle la facultad de hacer observaciones al “Decretode PEF-2005”, no implica una medida paralizante, sin embargo, su intención en este juicio, es precisamente la contraria. Al nulificarse partes de dicho Decreto deja de realizarse el destino de los recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados que es la legítima representante de la Nación.
El simple hecho de que el Ejecutivo Federal iniciara este juicio de controversia constitucional,demuestra que su intención es que únicamente se ejerzan los rubros de gasto que considera pertinentes.
Si se hubiese reconocido al titular del Ejecutivo Federal, la facultad de hacer observaciones a algunos rubros del “Decreto de PEF-2005”, una vez aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados, se hubiera violado el artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero másgrave es que inconstitucionalmente se le hubiese reconocido la facultad de hacer un veto parcial a la política presupuestaria del país, o bien, dejar la programación y ejecución del gato público a la voluntad de una sola persona, el Ejecutivo Federal, lo que sería contrario a una sana política financiera federal.
Por otra parte, no es cierto el argumento del actor, en el sentido de que sólo...
Regístrate para leer el documento completo.