2011TSPR102
Páginas: 64 (15835 palabras)
Publicado: 19 de diciembre de 2015
Miguel A. Pereira Suárez
Recurrido
v.
Certiorari
Junta de Directores del
Ponciana
Condominio
2011 TSPR 102
182 DPR ____
Peticionario
Crown Castle International
Corporation de Puerto Rico
Interventora
- Peticionaria
Número del Caso: CC
- 2008 - 1014
Fecha: 30 de junio de 2011
Tribunal de Apelaciones:
Región Judicial de Ponce Panel XI
Juez Ponente:Hon. Ismael Colón Birriel
Abogados de la Parte Peticionaria:
Lcdo. Rafael E. Mullet
Lcda. Jane Patricia Van Kirk
- Sánchez
Abogados de la Parte Recurrida:
Lcdo. Ronald Riera Acosta
Lcdo. Luis Ángel Velazquez Mass
Materia:
Impugnación de Actos, Junta de Directores
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
Miguel A. Pereira Suárez
Recurrido
v.
Junta
de
Directores
Condominio Ponciana
del
CC-2008-1014
Peticionario
Crown
Castle
International
Corporation de Puerto Rico
Interventora-Peticionaria
Opinión del Tribunal emitidapor el Juez Asociado señor MARTÍNEZ
TORRES
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2011.
En esta ocasión debemos interpretar el alcance
del Art. 42(c) de la Ley de Condominios, Ley Núm.
103 de 5 de abril de 2003, 31 L.P.R.A. sec. 1293f.
Nos
corresponde
resolver
si
el
término
de
prescripción de dos años estatuido allí aplica para
impugnar actos aprobados sin seguir el requisito deaprobación por unanimidad de los condóminos, como
requiere la ley. Analizaremos específicamente si la
impugnación
del
acuerdo
suscrito
entre
el
Presidente del Condominio Ponciana y Crown Castle
International
prescrito
al
Corp.
of
momento
PR
en
(Crown
que
el
Castle)
había
recurrido
lo
cuestionó. Evaluada la controversia, resolvemos en
la afirmativa.
CC-2008-1014
2
I
El CondominioPonciana es un edificio de naturaleza
mixta, ya que se compone de apartamentos comerciales y
residenciales.
Los
hechos
que
dan
origen
a
esta
controversia surgen luego de que el 19 de marzo de 1999 el
Sr. Ángel M. Llavona Folguera, Presidente de la Junta de
Directores del Condominio Ponciana, suscribió un contrato
de
arrendamiento
con
la
compañía
Crown
Castle
para
la
construcción,mantenimiento y operación de instalaciones
de telecomunicaciones en la azotea del Condominio Ponciana
por
un
término
de
veinticinco
años,
prorrogable
a
veinticinco años adicionales. El contrato suscrito le daba
el uso exclusivo e ilimitado de la azotea por un canon
mensual de $700, con un aumento anual de 3%. Según surge
del expediente, para otorgar ese contrato el señor Llavona
Folguera
noconsultó
al
Consejo
de
Titulares.
También,
para la misma fecha, el señor Llavona Folguera arrendó a
Crown
Castle
un
apartamento
de
su
propiedad
para
que
colocara allí equipo de comunicación desde el que operaría
el equipo instalado en la azotea.
El
titular
señor
recurrido,
del
Sr.
Penthouse
Pereira
Miguel
12-A
Suárez
A.
del
alega
Pereira
Condominio
que
Suárez,
esPonciana.
El
expresó
en
varias
ocasiones, formal e informalmente, su descontento con la
instalación
del
equipo
en
la
azotea
del
edificio,
alegadamente, tan pronto se enteró de ello. Sin embargo,
no obra en el expediente documento alguno que acredite que
el
recurrido
haya
manifestado
su
inconformidad
con
el
CC-2008-1014
3
equipo instalado. Incluso, no se acompañó copia dellibro
de
actas
del
condominio
en
el
que
se
detallan
los
pormenores de las supuestas reuniones celebradas entre la
Junta de Directores y el Consejo de Titulares.
Surge del alegato de réplica del señor Pereira Suárez
ante este Tribunal que alegadamente el 3 de enero de 2003
presentó
una
primera
querella
ante
el
DACO
(número
600004623) sobre impugnación de los actos de la Junta de...
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