2014 198 01 IMPUG YENNY LORENA MAZABUEL VS NUEVA EPS VIATICOS NO PROCEDE RECOBRO

Páginas: 12 (2900 palabras) Publicado: 25 de agosto de 2015

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE POPAYÁN
SALA CIVIL FAMILIA

Magistrado Ponente: ALBERTO CASTRO GUZMAN


Popayán, veintiocho (28) de enero de dos mil quince (2015)

ASUNTO

Resuelve la Sala la impugnación interpuesta por la NUEVA EPS, contra el fallo proferido por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Popayán el día 21 de octubre de 2014, dentro de la presente acción de tutela,instaurada por la señora YENNY LORENA MAZABUEL FLOR, contra la recurrente, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales a la vida y salud.


ANTECEDENTES

1.- La petición

En su demanda, la accionante plantea las siguientes pretensiones:

Que se tutelen los derechos invocados y se ordene a la NUEVA EPS, prestarle los servicios médicos que requiere para el manejo de la patologíaCARCINOMA PAPILAR DE TIROIDES que la aqueja y garantizarle viáticos y transporte en la ciudad de Cali, lugar donde recibe tratamiento.


2.- De los hechos

Sustentó el amparo en el siguiente compendio material fáctico:

Manifiesta la señora YENNY LORENA MAZABUEL FLOR que se encuentra afiliada a la NUEVA EPS y que el año pasado su médico tratante le diagnosticó CARCINOMA PAPILAR DE TIROIDES, razón por laque el 22 de julio de 2014, fue sometida a cirugía.

Refiere que para continuar con el tratamiento de su enfermedad, le fue prescrita una terapia con Yodo Radiactivo que sería practicada en la ciudad de Cali.

Señala que a la fecha es cotizante independiente y carece de los recursos económicos suficientes para trasladarse y costear su estadía en la ciudad de Cali, que elevó derecho de peticiónante la NUEVA EPS, persiguiendo el reconocimiento de tales rubros, pero que ésta entidad lo negó, argumentando su exclusión del POS.


3.- Gestión procesal y contradicción

Admitido el trámite tutelar con notificación de la admisión de la acción a las partes, la nueva EPS dio respuesta a la acción propuesta, manifestando en esencia que esa entidad no está obligada a sufragar los gastos detransporte, alimentación y estadía que reclama la accionante por hallarse excluidos del POS, más cuando se le han prestado de manera oportuna los servicios médicos que ha requerido.

Por tales razones, pidió que se deniegue el amparo deprecado y en su defecto, se autorice el recobro al FOSYGA por aquéllos servicios NO POS que se ordenen prestar, estableciéndose un término para el reembolso.

LASENTENCIA Y SU IMPUGNACIÓN

El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Popayán, mediante providencia dictada el 21 de octubre de 2014 resolvió conceder la tutela de los derechos fundamentales a la salud, diagnóstico y vida de la señora YENNY LORENA MAZABUEL FLOR, en consecuencia ordenó a la NUEVA EPS, garantizar a la accionante y a un acompañante (frente a éste último, solo en el evento de existirprescripción médica), el transporte, alojamiento y alimentación que requiera en la ciudad donde se vaya a materializar el procedimiento de “yodo radioactivo” prescrito por su médico tratante.

Como fundamento de la anterior determinación expuso el A quo que atendiendo a que la entidad accionada no desvirtuó la falta de capacidad económica alegada por la señora YENNY LORENA MAZABUEL, acreditado seencuentra tal supuesto que torna viable la acción de tutela encaminada a obtener el transporte, alojamiento y alimentación para la tutelante, quien no puede ver obstaculizado el tratamiento para su enfermedad por razones de tipo económico. También consideró que los mismos servicios debían ser prestados a un acompañante, en el evento en que así lo prescriba el médico tratante.

En término la NUEVA EPS,impugnó la anterior determinación, reiterando que esa entidad, ha prestado todos los servicios médicos requeridos por la agenciada, pero que la petición relativa al cubrimiento de gastos de transporte y estadía mal puede ser avalada en sede de tutela cuando aquéllos no hacen parte del POS.

De tal manera pide la revocatoria de la sentencia de primera instancia, o en su defecto, que se faculte el...
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