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Páginas: 48 (11878 palabras) Publicado: 23 de mayo de 2013
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Superintendencia de Riesgo de Trabajo
HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRBAJO
Decreto N° 249/07

Bs. As., 20/3/2007
VISTO el Expediente del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO (S.R.T.) Nro. 424/98, las Leyes Nros. 19.587, 24.557, los Decretos Nros. 351
de fecha 5 de febrero de 1979, 170 de fecha 21 de febrero de 1996, 1057 de fecha 11
de noviembre de2003, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo Nº 19.587, ha establecido la
necesidad de reglamentar las condiciones de prevención de riesgos según los tipos de
actividades.
Que la actividad minera presenta especiales características, tanto de los riesgos
inherentes a las tareas, como de los lugares en que se desarrolla, lo que hace
necesario contar con una norma deHigiene y Seguridad que contemple dichas
peculiaridades.
Que resulta imprescindible dictar normas reglamentarias que permitan y faciliten un
gradual y progresivo mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad, que
comiencen a encauzar la realidad actual del sector.
Que consecuentemente, en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO, los representantes de la CAMARA ARGENTINADE EMPRESARIOS MINEROS,
UNION MINERA ARGENTINA y la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA, han
coincidido en la necesidad de plasmar una normativa de higiene y seguridad específica
para la actividad minera.
Que en virtud de la dinámica de la actividad minera y de los cambios tecnológicos que
ello trae aparejado se hace necesario que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL
TRABAJO, continúe fijandopautas de cumplimiento particulares respecto de las
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actividades mineras que así lo demanden.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso
2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase el "Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad
Minera" que,como ANEXO I, forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º — Sin perjuicio de lo establecido por los artículos 11 de la Ley Nro. 19.587 y
35 y 36, apartado 1. inciso a) de la Ley Nro. 24.557 y el Decreto Nro. 1057/03,
delégase en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO la facultad de dictar
las normas necesarias para asegurar una adecuada prevención de los riesgos del
trabajo,conforme a las características particulares de las diferentes actividades
mineras; incluyendo la aprobación y adopción de las recomendaciones técnicas sobre
higiene y seguridad del trabajo en la minería, dictadas o a dictarse por organismos
estatales o privados, nacionales o extranjeros.

Art. 3º — A partir del dictado del presente no serán de aplicación para la actividad
minera lasdisposiciones del Decreto Nro. 351/79, con excepción de las remisiones
expresas que figuran en el ANEXO I.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Carlos A. Tomada. — Ginés M.
González García.

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ANEXO I:

REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA LA ACTIVIDAD

MINERATITULO I: DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO 1: ACTIVIDADES COMPRENDIDAS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

ARTICULO 1º - Este Reglamento es aplicable a toda actividad minera descripta en los
artículos 2º al 5º del Código de Minería. Se excluyen: las refinerías de petróleo; la
fabricación de objetos de barro, loza y porcelana; la fabricación de vidrio y productos
de vidrio; la fabricación de productos dearcilla para la construcción; la fabricación de
cemento, cal y yeso; la fabricación de otros productos minerales no metálicos; las
industrias básicas de hierro y acero y las industrias básicas de metales no ferrosos
cuya actividad principal sea industrial manufacturera. Las empresas cuyo código de
actividad principal esté dentro del CIIU 300000 "Industrias Manufactureras" seguirán
cumpliendo...
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