27 03 2015
ORDEN
GENERAL No
24577
PARA
EL
DIA
VIERNES
27
DE
MARZO
DEL
2015
Art. 01.El Comando del Cuerpo de Vigilantes de la Comisión de Tránsito del Ecuador, FELICITA al siguiente
personal por celebrar el día de hoy sus cumpleaños:
SUB-INSP - 1
CABO - 1
VIGILANTE
VIGILANTE
VIGILANTE
VIGILANTE
VIGILANTE
VIGILANTE
VIGILANTE
5408
4983
5795
6016
6721
7249
72667945
7973
CEVALLOS GUINGLA CARLOS GREGORIO
BORBOR ZAPATA JOHNNY ROBERTO
MASACHE GOMEZ CARLOS ALFONSO
SEMPER COLOMA JONATHAN ALFREDO
AGUILAR MURILLO AGUSTIN ARNIE
ANCHUNDIA VELEZ VICTOR ANTONIO
VEGA PINARGOTE EDUARDO LUIS
GUILLEN MORALES EDDISON FABIAN
VALLEJO SANCHEZ JIMMY JAVIER
Art. 02.SEGÚN REFERENCIA Oficio Nº 0254-DBS-CTE
El Comando del Cuerpo de Vigilantes de la Comisión de Tránsito delEcuador, expresan el más sincero
sentimiento de pesar, al Señor Cabo-2 5686 Espinoza Alvarez José Fernando, por el sensible
fallecimiento de su Abuela, concediéndole 03 (tres) días de permiso desde el día jueves 12-03-2015, hasta
el 14 de marzo del presente año.
Art. 03.Se comunica a los Jefes de las Delegación es Urbanas, Rurales y Departamentales, las publicaciones que
constan en la Orden General delCuerpo concerniente a las distintas audiencias mediante la secretaria,
secretario o quien haga sus veces deben comunicar a los Oficiales y Personal de Tropa que pertenecen a
dichas dependencias, la obligatoriedad que tienen de asistir a las distintas audiencias dispuestas por los
Jueces competentes, para lo cual deberán recordarle a los agentes de tránsito la fecha, la hora y ante qué
autoridaddeben asistir, para evitar futuras sanciones económicas o disciplinarias.
Es importante destacar en lo que respecta a las disposiciones legales que constan en el Código Orgánico
Integral Penal y que reforma el Código Orgánico de la Función Judicial y que están en plena vigencia
desde el lunes 10 de febrero del 2014, de acuerdo a lo publicado en el Registro Oficial No.- 180, motivo
que las Juezas yJueces están facultados para imponer la multa de dos remuneraciones básicas unificadas
del trabajador en general, cuando los agentes de tránsito que tomen procedimiento en una infracción
culposa, como también los peritos de la OIAT que no asistan a las distintas audiencias, serán sancionados
de acuerdo a lo establecido en el Art. 130 núm. 7 del Código Orgánico de la Función Judicial reformado.Aquellos agentes de tránsito, que han sido multado, solo podrán justificar su inasistencia cuando se trate
de un caso fortuito o fuerza mayor que de acuerdo al Art. 30 del Código Civil ecuatoriano lo define “Se
llama fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un
terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por unfuncionario
público”.
Art. 04.Se comunica a los Oficiales y personal de Tropa de la institución, que tienen la obligación de asistir a las
diferentes audiencias dispuestas por los jueces competentes, para lo cual deberán estar 10 minutos antes
de la hora señalada para que puedan inteligenciarse con antelación las circunstancias de su actuación
operativa.
Además, se ha detectado que agentes de tránsito seretractan o cambian su versión relacionado al parte
policial o citación confeccionada, para favorecer al impugnante o procesado, lo que este accionar
constituye un evidente delito flagrante que pudiera llegarse hasta la detención del vigilante de tránsito en el
momento del desarrollo de la Audiencia.
Nuestros Valores: Responsabilidad, Excelencia, Eficiencia, Innovación y Transparencia
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COMISIÓNDE TRÁNSITO DEL ECUADOR
ORDEN
GENERAL No
24577
PARA
EL
DIA
VIERNES
27
DE
MARZO
DEL
2015
En todas las audiencias estará presente un Abogado de la Unidad Legal para asistir al agente de tránsito,
para lo cual el profesional del Derecho informará por escrito a la Comandancia las novedades existentes.
Art. 05.Se comunica a los señores Oficiales y personal de Tropa de la Institución, que...
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