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La institucionalizacion del
regionalismo internacional
Jose Manuel SOBRINO
HEREDIA*
El regionalismo es un fenomeno originario, una categoria primaria de la
Sociedad Internacional (SI), que ha desempeñado una labor esencial en su
evolución asi como en la configuración del Orden jurídic0 internacional. En un
primer momento el regionalismo aparece en elorigen mismo del Derecho
Internacional (DI), y en una fase posterior el nuevo regionalisrno surgira como
reaccion frente a la hegemonia de una Sociedad regional -la europea- sobre el
resto del planeta.
Y si bien es cierto, como afirma el profesor Truyol Serra, que la mutación
de la SI en 10s siglos XIX y xx va a caracterizarse por el {(pasode una pluralidad
de sociedades internacionalesparticulares o regionales a una sociedad internacional única a escala del planeta,,' el10 no ha significado la desaparicion del
regionalismo internacional que coexiste con el universalismo. Asi vemos como
la SI va a perder homogeneidad ganando extensión y número de componentes,
10 que posibilita que dentro de ella se formen unas agrupaciones de Estados
ligados por unos fenomenos de solidaridad masestrechos derivados de la comunidad de origen, de raza, de la contigüidad geografica y, sobre todo, de la
intensidad de intercambios o del volumen del comercio interna~ional.~
Presenciandose como la dialéctica universalidad-heterogeneidad -utilizand0 la expresión acuñada por el profesor Carrillo Salcedo- va a constituirse en una de las
tensiones basicas que se producen en la SI.^
1. Truyol Serra, A.: LaSociedad internacional, Madrid, 1985, p. 2.
2. Scelle, M.: Manuel élémentaire de Droit intemational public, Paris, 1943, p. 20.
3. Puesto que, como señala el citado profesor, ula universalización del sistema internacional
no se ha visto acompafiada de un mayor grado de homogeneización, hasta tal punto que la universalidad y dernocratización del sistema internacional, se ven obstaculizadas, casiimposibilitadas, por la
pervivencia de dos desigualdades básicas: de una parte, la radical desigualdad en la distribución del
poder politico; de otra, la desigualdad, igualmente radical, en la distribución del poder económicox,
Carrillo Salcedo, J.A.: El Derecho Internacional en un mundo en cambio, Madrid, 1984, p. 36.
* Profesor titular de Derecho Internacional Publico de la Universidad deSantiago de Compostela. Letrado del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europea.
Por otra parte, se observa como la SI ha sido presentada durante largo
tiempo como una sociedad interestatal, en la que las relaciones juridicas se
establecian esencialmente entre Estados, relaciones éstas cargadas de un contenido eminentemente politico en las que 10s fenómenos de enfrentamiento
eran mas numerosos que10s de solidaridad, estando regidos por un derecho
fundamentalmente de coordinación, relacional, limitado a favorecer la cooperación entre 10s Estados. Ahora bien, la independencia, la existencia de intereses colectivos provoca el que paralelalmente a la SI descrita se desarrollen a
finales del siglo XIXy durante la presente centuria unas sociedades organizadas,
regidas por reglas de solidaridadfundadas en la existencia de necesidades sociales comunes; una nueva dimensión internacional va a añadirse a la dimensión interestatal, la representada por las Organizaciones Internacionales.
De este modo se presencia como una serie de .factores de sociedad,, van a
ir surgiendo en el seno de una SI inorganica, descentralizada y paritaria. Frente
a la universalidad que significa heterogeneidad,falta de cohesión en 10s elementos que conforman el conjunto, se van a buscar unas fórmulas juridicas que
permitan encuadrar las relaciones que se producen en ámbitos de solidaridad
mas estrechos, en 10s que la interdependencia y la coordinación de 10s intereses
comunes ha generado en numerosos casos un proceso de institucionalización
de la asociación entre Estados que ha desembocado en la creación...
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