28 Presentación Reforma UCHILE 16 10 2014
Regímenes Generales de Tributación
y su interacción
Javier Jaque López
REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN
NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR
Los contribuyentes podrán optar por aplicar las disposiciones de
las letras A) o B) del artículo 14 de la LIR.
Contribuyentes que no ejerzan la opción:
Empresarios Individuales, Empresas Individuales de ResponsabilidadLimitada,
Comunidades y Sociedades de Personas (*) se sujetarán a las disposiciones
de la letra A).
Los demás contribuyentes a las reglas de la letra B)
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REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN
NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR
Plazos para ejercer la opción:
Inicio de actividades
Los acogidos a los demás sistemas de tributación deberán presentar
declaración dentro de los 3 meses anteriores al cierre delejercicio que precede a
aquél que se acogerán.
Permanencia:
Durante a lo menos 5 años comerciales consecutivos.
Podrán cambiarse luego de este plazo debiendo mantenerse a lo menos durante
5 años comerciales consecutivos.
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REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN
NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR
Requisitos formales:
Declaración y en SP y SpA, escritura pública de acuerdo unánime de socios y
accionistas.
EnS.A.A. y S.A.C. aprobación en junta extraordinaria de accionistas con quórum de a
los menos dos tercios de las acciones emitidas con derecho a voto, junto a
declaración acompañada de acta reducida a escritura pública de dicha junta.
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REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN
Artículo 14 A (Rentas Atribuidas)
Este sistema busca gravar a los propietarios de las sociedades con los impuestos
finales enel mismo ejercicio en que se genera la renta.
Utilización del 100% de los créditos.
Artículo 14 B (Sistema de Imputación Parcial)
Este sistema difiere el pago de los impuestos finales, hasta que los dueños de las
sociedades retiren, remesen o distribuyan utilidades.
Utilización parcial del 65% de los créditos, a través de una restitución por parte de los
contribuyentes del impuestofinal.
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Nuevo Artículo 14 letra A)
E1
(A)
RLI
Impto. Global
complementario
Con Crédito
100%
%
E2
(A)
RLI
1ra Categoría
25%
1ra Categoría
25%
Acumulación de rentas
Acumulación de rentas
Retiros o Distribuciones
Retiros o Distribuciones
RRA
RRA
Impto.
adicional
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Nuevo Artículo 14 letra A)
Monto de la Renta o cantidad Atribuible.
a)
Renta Líquida Imponible según artículos 29 al 33de la LIR más rentas exentas
del impuesto de primera categoría. (*)
b)
Rentas o cantidades atribuidas a la empresa en su carácter de propietario, socio,
comunero o accionista de otras empresas. (A en A; A en B según Nº4; A en Nº1 de
la letra C y A en 14 ter letra A)
c)
Las rentas afectas a IGA o IA, percibidas desde empresas sujetas a regímenes A)
o B).
Lo anterior de acuerdo a nuevo artículo33 Nº5 de la LIR
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REGÍMENES GENERALES DE TRIBUTACIÓN
NUEVO ARTÍCULO 14 DE LA LIR
Reglas para la atribución de rentas:
a)
En la forma que los socios, comuneros o accionistas hayan acordado repartir o
se repartan sus utilidades, siempre que se deje constancia del acuerdo
respectivo en el contrato social, los estatutos y se cumpla con información al
SII.
b)
En caso de no aplicar lo anterior, lamisma proporción de suscripción y pago
efectivamente del capital de la sociedad y se cumpla con información al SII.
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REGISTROS DEL NUEVO ARTÍCULO 14 LETRA A)
a)
Rentas Atribuidas Propias
b)
Rentas Atribuidas de Terceros
c)
Rentas Exentas e INR (Cantidades Percibidas de Terceros)
d)
Rentas o cantidades afectas a IGC o IA cuando sean retiradas,
remesadas o distribuidas.
e)
Retiros,Remesas o Distribuciones
f)
Saldo acumulado de crédito.
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IMPUTACIONES AL NUEVO ARTÍCULO 14 LETRA A)
Saldo de registro a), c) y d) (**) provenientes del ejercicio anterior.
Si existe diferencia no imputada al remanente del ejercicio anterior de
los registros a), c) y d), entonces se imputará al saldo de los registros a),
c) y d) al término del ejercicio en curso.
Disposiciones Transitorias...
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