30056 24 05 07 Agotamiento Via Gubernativa

Páginas: 46 (11274 palabras) Publicado: 8 de junio de 2015
SALA DE CASACIÓN LABORAL
DR. LUIS JAVIER OSORIO LÓPEZ
Magistrado Ponente

Radicación N° 30056
Acta N° 41

Bogotá D.C, veinticuatro (24) de mayo de dos mil siete (2007).


Decide la Corte el recurso de casación que interpuso la parte demandada contra la sentencia proferida por Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, el 11 de mayo de 2006, en el proceso ordinarioadelantado por la señora MARÍA DEL SOCORRO HILDALGO DE MONTOYA contra el INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES.

I. ANTECEDENTES

Con la demanda inicial, para lo que interesa al recurso, solicita la actora que se condene al I.S.S. al reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes por la muerte del señor Héctor Emilio Montoya Rúa, con las mesadas causadas debidamente indexadas, incluidas lasadicionales, y a las costas del proceso.

Como fundamento de esos pedimentos, adujo que su cónyuge Héctor Emilio Montoya Rúa, falleció el 3 de marzo de 2002; que solicitó ante el I.S.S. el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes causada por la muerte de éste, pero se la negó a través de la Resolución 000851 de 2003, bajo el argumento de que el asegurado no cotizó 26 semanas en el último añoanterior a su fallecimiento, acreditando aportes de 708 semanas durante toda su vida laboral; y que la vía gubernativa quedó agotada con dicha solicitud, al igual que con la reclamación de intereses moratorios e indexación, no resuelta todavía por la entidad.


II. RESPUESTA A LA DEMANDA

La entidad accionada al dar respuesta a la demanda se opuso a sus pretensiones; aceptó como hechos ciertos, losatinentes a la calidad de cónyuge de la demandante, el fallecimiento del asegurado y el contenido de la Resolución 000851 de 2003; señaló además que la vía gubernativa únicamente se agotó en relación con los intereses moratorios e indexación, pero no en lo concerniente a la pensión de sobrevivientes; y en su defensa adujo que la ley y la jurisprudencia han sido claras en considerar que quien nocumpla los requisitos exigidos por la Ley 100 de 1993, para acceder a la pensión de sobrevivientes, tiene derecho al pago de una indemnización sustitutiva. Propuso como excepciones de mérito las de inexistencia de la obligación, imposibilidad de condena en costas, prescripción y compensación, y como previa, la falta de agotamiento de la vía gubernativa.

III. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA

Conocióde la primera instancia el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Medellín, quien profirió sentencia el 28 de septiembre de 2005, en la que condenó al I.S.S. al pago de la pensión deprecada, a las mesadas causadas, incluidas las adicionales de junio y diciembre, y a las costas del proceso; igualmente lo autorizó para compensar la indemnización sustitutiva reconocida, si ya la hubiere pagado.IV. SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA

Apelaron ambas partes y la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante sentencia del 11 de mayo de 2006, confirmó la de primera instancia, en cuanto condenó al I.S.S. al reconocimiento y pago a la demandante de la pensión de sobrevivientes; así mismo la revocó en lo relacionado con la indexación de las mesadas causadas, y en sulugar condenó a ésta desde el reconocimiento de la prestación -3 de marzo de 2002- y hasta su pago efectivo, y le impuso las costas de la segunda instancia.

Para esa decisión, entre otros aspectos, dio por demostrada la reclamación administrativa previa a la demanda, y consideró que en aplicación del principio de la condición más beneficiosa, le asiste derecho a la demandante a la pensión desobrevivientes, por haber cotizado el asegurado fallecido más de 300 semanas al I.S.S. antes de entrar en vigencia la Ley 100 de 1993; providencia que ilustró con criterio jurisprudencial reiterado por esta Sala en sentencias del 2 de mayo de 2003 y 9 de julio de 2001, radicaciones 19792 y 16269, respectivamente.


Al respecto dijo el Tribunal


“Dado que no se vislumbran vicios de forma que...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • cuando se agota la via gubernativa
  • “AGOTAMIENTO DE LA VÍA GUBERNATIVA”
  • Agotamiento de la via gubernativa
  • Agotamiento de la via gubernativa
  • Via gubernativa
  • Via Gubernativa
  • Via Gubernativa
  • La via gubernativa

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS