304 CCyCN Libro 6 Titulo II Cap 1 Arts 2573 A 2581
LIBRO SEXTO DISPOSICIONES COMUNES A LOS DERECHOS PERSONALES Y REALES
TÍTULO II - PRIVILEGIOS
CAPÍTULO 1 - DISPOSICIONES GENERALES.
Comentario de Rodrigo PADILLA
Fuente: Código Civil y Comercial de la Nación. Dir: Graciela Medina, Julio C. Rivera. Cord: Mariano Esper.
Editorial La Ley 2014.
Art. 2573. Definición. Asiento.
Art. 2574. Origenlegal.
Art. 2575. Renuncia y postergación.
Art. 2576. Indivisibilidad. Transmisibilidad.
Art. 2577. Extensión.
Art. 2578. Cómputo.
Art. 2579. Procesos universales.
Art. 2580. Privilegios generales.
Art. 2581. Créditos quirografarios
Bibliografía sobre la reforma: Fassi, Santiago C. - Gebhardt , Marcelo , Concursos y quiebras. Comentario exegético de la ley 24.522. Jurisprudencia aplicable, 6ª ed.actualizada y ampliada, Astrea, Buenos Aires, 1997; Ferrer, Patricia, " Régimen de los privilegios. Algunas consideraciones acerca del Proyecto
de ley de unificación de la legislación civil y comercial de la Nación", en JA, III792; Highton, Elena I., "Extensión y funcionamiento del privilegio por gastos de
justicia en el Proyecto de unificación legislativa civil y comercial", ED, 128-705;
Iturbide,Gabriela A., "Privilegios. Comentario a los artículos 2573 a 2586", en
Rivera, Julio César (dir.) - Medina, Graciela (coord.), Comentarios al Proyecto
de Código Civil y Comercial de la Nación , Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2012;
Kemelmajer de Carlucci, Aída, " Primeras reflexiones en torno a los privilegios
en el Proyecto de unificación de la legislación civil y comercial", LA LEY, 1988C, 797;Mariani de Vidal, Marina , "Los privilegios en el Proyecto de Código",
LA LEY, 8/8/2012; Rivera , Julio César - Medina, Graciela , "El tratamiento de
los privilegios en el Proyecto de unificación legislativa", ED, 127-693.
Bibliografía clásica: Fernández, Raymundo L., "Privilegios en general y privilegios en la quiebra", LA LEY, 14-584; Molinario, Alberto D., Los privilegios en el
derecho civilargentino; Spota, Alberto G. Leiva Fernández, Luis F. P. (actualizador), Prescripción y caducidad. Instituciones de Derecho Civil , ts. I y II, LA
LEY, Buenos Aires, 2009, y ts. IV y VI.
Art. 2573. Definición. Asiento. Privilegio es la calidad que corresponde a un
crédito de ser pagado con preferencia a otro. Puede ejercitarse mientras la cosa afectada al privilegio permanece en el patrimonio deldeudor, excepto disposición legal en contrario y el supuesto de subrogación real en los casos que la
ley admite. El privilegio no puede ser ejercido sobre cosas inembargables declaradas tales por la ley.
I. Relación con el Código Civil y con la ley 24.522 de Concursos y Quiebras. Fuentes del nuevo texto
Sin dudas que en esta materia se ha avanzado significativamente respecto del
régimen delanterior Código Civil. De hecho, una de las críticas más conocidas
a la obra de Vélez Sarsfield concierne al tema que me ocupa. Muchas disposiciones no ayudaron para esclarecer esta crucial cuestión. Al contrario, crearon
un consabido caos legislativo que tuvo su eco en la doctrina y jurisprudencia.
Como se explica claramente en los Fundamentos del nuevo Código, las dos
leyes fundamentales que regulan lorelacionado con los privilegios son el Código Civil y la Ley de Concursos y Quiebras. Pero existen otros ordenamientos
que los involucran, como la Ley de la Navegación, el Código Aeronáutico, el
Código de Minería, el Código Penal, la Ley de Entidades Financieras, la Ley de
Contrato de Trabajo; además de otras leyes que contemplan ciertos privilegios
en forma aislada (v.gr., leyes fiscales, leyessobre prenda con registro, warrants, debentures, propiedad horizontal, etcétera).
Todos estos ordenamientos no siempre guardan armonía entre sí, de manera
que, a fin de dilucidar los conflictos entre acreedores, el operador jurídico suele
encontrarse enfrentado a situaciones de complejísima solución habiéndose
creado ese caos —o laberinto jurídico—, como señalé recién.
Frente a ello, este...
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